Accidente del Trabajo
¿Qué es un Accidente del Trabajo?
Un Accidente del Trabajo es cualquier lesión que sufra una persona, a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca enfermedad o la muerte.
¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?
Todo/a trabajador/a afiliado/a al ISL que haya sufrido un Accidente del Trabajo.
Los y las trabajadores/as afiliados/as al ISL son:
- Los y las trabajadores/as dependientes (por cuenta ajena).
- Los y las trabajadores/as independientes (por cuenta propia) que cotizan en el ISL por la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
- Los y las funcionarios/as públicos/as.
¿Qué pasos hay que seguir para acceder a este beneficio?
Trámite en oficina
- Su empleador/a debe completar el Formulario Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT), el que puede obtener descargándolo en la página institucional del ISL (www.isl.gob.cl), o solicitarlo en los Centros de Atención Médica en convenio con el ISL, o en las Agencias Regionales del ISL. En caso que su empleador/a no pueda o no quiera completar el Formulario Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT), podrá hacerlo el o la mismo/a trabajador/a o un tercero que tome conocimiento del accidente (familiar, médico tratante, Comité Paritario de Higiene y Seguridad, entre otros).
- Diríjase a la Agencia Regional del Instituto de Seguridad Laboral más cercana para presentar la denuncia. Si cuenta con antecedentes complementarios, como contrato de trabajo, exámenes, certificados médicos, entre otros, acompáñelos a la denuncia. Puede consultar las direcciones de las Agencias Regionales del ISL, en esta misma página web.
- A la persona que lo atienda, explique que necesita presentar una Denuncia de Accidente del Trabajo (DIAT).
- Entregue los documentos mencionados en los pasos 1 y 2. Siga las instrucciones del o la funcionario/a que lo está atendiendo.
- Aquí se inicia el proceso de calificación de origen del accidente para determinar si es laboral o común. Para esto, el ISL podrá realizar exámenes médicos, investigación del accidente, declaración jurado de testigo, entre otros.
- El proceso termina cuando el ISL emite una Resolución de Calificación de Origen. En caso que se defina como un Accidente del Trabajo, se entregará una Orden de Atención a un Centro Médico en convenio para recibir el correspondiente tratamiento.
- En caso de no encontrarse de acuerdo con las resoluciones emitidas por el ISL, se pueden presentar reclamaciones y/o apelaciones ante la Comisión Médica de Reclamos (COMERE) y la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
¿Qué costo tiene el servicio?
Ninguno.
¿Cuál es la vigencia del servicio?
Para denunciar un accidente del trabajo, existe un plazo máximo de 5 años.
Información relacionada
- Ley N° 16.744 que establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
- D.S. N° 101
- D.S. N° 109
Observación: Si el o la trabajador/a afiliado/a, dado el tipo de servicios prestados a su empleador/a, tiene calidad jurídica de Obrero/a, será derivado para recibir las prestaciones de salud requeridas, al Servicio de Salud.