Recepción de Denuncia de Accidente del Trabajo (DIAT) o Enfermedad Profesional (DIEP)
Descripción:
Recepción por parte del Instituto de Seguridad Laboral de la Denuncia de Accidente del Trabajo o Enfermedad Profesional, para acceder a las prestaciones médicas cubiertas por la Ley 16.744, producto de un Accidente Laboral, Trayecto o Enfermedad Profesional ocurrido a un o una trabajador/a afiliado/a al ISL.
Beneficiarios/as:
Todo/a trabajador/a afiliado/a al ISL que haya sufrido un Accidente de Trabajo o de Trayecto, o Enfermedad Profesional.
Los y las trabajadores/as afiliados/as al ISL son:
- Los y las trabajadores/as dependientes (con contrato de trabajo), de empresas adheridas al ISL.
- Los y las trabajadores/as independientes (previamente registrados) que cotizan en el ISL por la Ley de Accidentes del Trabajo.
- Los y las funcionarios/as públicos/as afiliados/as al ISL cuyos Servicios estén adheridos al ISL.
Documentos Requeridos:
- Formulario de Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) o Formulario de Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), llenada por el o la empleador/a o por quien tome conocimiento del Accidente de Trabajo, Trayecto, o Enfermedad Profesional.
- Si cuenta con antecedentes complementarios, como contrato de trabajo, certificado policial, declaración de testigos, certificados médicos, certificado de atención de urgencia, entre otros, acompañarlos a la denuncia.
Trámite en Oficina:
- Complete el formulario de Denuncia Individual de Accidente de Trabajo (DIAT) o Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), según corresponda.
- Diríjase a las Oficinas de la Plataforma Chile Atiende más cercana.
- A la persona que lo atienda, explíquele que necesita entregar una denuncia para acceder a las prestaciones médicas a las que tiene derecho, producto de un Accidente del Trabajo o Trayecto, o Enfermedad Profesional.
- Entregue los antecedentes mencionados en el campo Documentos Requeridos y siga las instrucciones del o la funcionario/a. Se recomienda guardar copia de la denuncia presentada.
- Como resultado del trámite será dirigido a un prestados médico en convenio con el ISL a través del cual el o la trabajador/a accidentado/a o enfermo/a accederá de manera gratuita a los beneficios de prestaciones médicas que están garabtizados en la Ley 16.744.
- En caso de que el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) le solicite más antecedentes o usted necesite aportar nuevos antecedentes, diríjase a la Plataforma de Chile Atiende a entregarlos.
Tiempo de Realización:
Inmediato, una vez que se presente al prestador médico en convenio.
Vigencia:
La vigencia del servicio perdura hasta la curación completa o mientras subsistan los síntomas de las secuelas del accidente.
Costo:
No tiene costo.
Información Relacionada:
El trámite se puede realizar de Lunes a Jueves 08:10 a 17:10 hrs. y Viernes 08:10 a 14:10 hrs.
Marco Legal: