Trámite: Solicitar Pensión de Supervivencia (Madre de hijos de Filiación No Matrimonial) por Accidente del Trabajo o Enfermedad Profesional
Descripción:
Solicitar Pensión de Supervivencia (Madre de hijos de Filiación No Matrimonial) por Accidente del Trabajo o Enfermedad Profesional al Instituto de Seguridad Laboral, la cual consiste en el pago mensual a la madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado de la Ley N° 16.744 fallecido, soltera o viuda, que haya vivido a expensas a la fecha del deceso.
Beneficiarios:
La madre de hijos de filiación no matrimonial, soltera o viuda, que haya vivido a expensas a la fecha del deceso del causante.
Documentos Requeridos:
- Para el trámite del beneficio a través de un tercero, éste deberá presentar Poder Notarial del beneficiario.
Madre de Hijos de Filiación No Matrimonial de un Trabajador Activo:
- Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) o Enfermedad Profesional (DIEP).
- Copia del Contrato de Trabajo y/o Finiquito correspondientes al empleador bajo cuya dependencia acontece el accidente laboral.
- Informe Social que acredite que a la fecha del fallecimiento del causante vivía a sus expensas.
- Certificado AFP de afiliación y rentas, correspondientes a los últimos 6 meses anteriores a la fecha del accidente laboral.
- Certificado de afiliación a ISAPRE si corresponde.
Si trabaja en el Sector Público Agregar:
- Certificado de rentas emitido por el empleador para Funcionario Público, que acredite las remuneraciones correspondientes a los últimos seis meses anteriores a la fecha en que acontece el accidente laboral, más la última remuneración efectivamente pagada, debidamente desglosadas en cada una de sus leyes y bonificaciones.
- Si el causante era funcionario del Sector Salud, debe agregar la Resolución Anual de Turnos de Emergencia (asignación de urgencias), Ley 19.264
Madre de Hijos de Filiación No Matrimonial de un Pensionado:
- Informe Social que acredite que a la fecha de fallecimiento del causante vivía a sus expensas.
- Certificado de afiliación a ISAPRE si corresponde.
Guía Oficina:
- Reúna los antecedentes mencionados en el campo Documentos requeridos.
- Diríjase en la sucursal ChileAtiende más cercana, o diríjase a la oficina o agencia regional del Instituto de Seguridad Laboral más cercana.
- Al funcionario que lo atienda, explíquele que desea solicitar una Pensión de Supervivencia (Madre de hijos de Filiación No Matrimonial) por Accidente Laboral o Enfermedad Profesional.
- Entregue los antecedentes mencionados en el campo Documentos requeridos y siga las instrucciones del funcionario.
- Completar y firme debidamente el formulario Trámites de Beneficios.
- Como resultado del trámite obtendrá comprobante de lo realizado.
En las oficinas de ChileAtiende, consulte horarios aquí. En las Oficinas o Agencias Regionales del Instituto de Seguridad Laboral, consulte horarios aquí.
Tiempo de Realización:
Tiempo de respuesta al pago son 60 días.
Vigencia:
- Si la madre de hijos de filiación no matrimonial superviviente es mayor de 45 años o es una persona con invalidez de cualquier edad, su pensión de supervivencia es vitalicia.
- Si la madre de hijos de filiación no matrimonial superviviente es menor de 45 años, tiene derecho a una pensión de supervivencia por el período de un año, el que se prorrogará por todo el tiempo que tenga a su cuidado hijos que le causen asignación familiar. Si al término del plazo o de su prórroga hubiere cumplido 45 años de edad, la pensión se transformará en vitalicia.
- Si la benefiaiaria llegara a contraer nuevas nupcias cesará su derecho a la pensión de supervivencia.
Costo:
No tiene costo.
Marco Legal: