
Regional
17 de Marzo de 2021
ISL sostiene reunión de coordinación junto a Mutual de Seguridad CCHC
En enero de este 2021, ambas mutualidades firmaron un acuerdo donde el Organismo Administrador de la Cámara Chilena de la Construcción cumple el rol de entregar prestaciones médicas a adheridos/as al ISL, en su hospital clínico.
Concretamente, esta reunión constituyó un primer acercamiento entre las áreas técnicas de cada entidad, con el fin de materializar el convenio desde el punto de vista de las operaciones. En ese sentido, es de suma importancia que las partes involucradas en la entrega de las prestaciones se conozcan, para otorgar una respuesta oportuna a las y los usuarios.
En dicho contexto, en la instancia se expuso de manera general el trabajo que realiza el Instituto de Seguridad Laboral como Organismo Administrador del Seguro Social Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Esto, con foco en las prestaciones médicas que se entregan a las y los trabajadores adheridos.
Del mismo modo, desde el equipo de Mutual se explicó de qué forma opera el hospital, detallando cada uno de los servicios a los que las y los trabajadores adheridos al ISL pueden acceder.
Enrique Carrasco, Director Regional de ISL Metropolitana fue uno de los participantes de la reunión y destaca esta nueva oportunidad de mejorar el servicio que se entrega a las y los adheridos. En específico señaló que “nos deja muy contentos el poder contar con un nuevo prestador médico. Sobre todo porque es un hospital con mucha experiencia en el tema traumatológico”, señaló.
Del mismo modo, ahondó en el bagaje que tiene el Hospital Clínico Mutual de Seguridad, relevando que “el poder contar con un prestador con la experticia, la calidad técnica -porque la verdad de las cosas es que sus equipos son de primera tecnología- habla muy bien de la gestión que está haciendo el nivel central y específicamente el área de convenios del ISL. Y nos facilita mucho la tarea poder diversificar las prestaciones médicas con prestadores de este nivel. Te da mayor campo de acción para poder derivar, trasladar y atender a trabajadores /as que en algún minuto se accidentaron y tuvieron lesiones más severas de lo normal”, manifestó.
Por último, cabe destacar que este convenio de prestaciones de salud entre ambas entidades, entrega atención médica especializada (Ley N°16.744) y considera como grupos de atención el tratamiento integral de traumatología; rehabilitación distintiva y de excelencia; especialistas en tratamiento de pacientes quemados; y estudio y tratamiento de enfermedades causadas de manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo.