Ley N°21.431
Para Empresas y Trabajadores/as
de Plataformas Digitales de Servicios
Esta Ley regula las relaciones entre trabajadores de plataformas digitales, dependientes e independientes, y empresas de plataformas digitales de servicios prestados en Chile.


Conceptos de la Ley N°21.431
Otras normas en Seguridad
Todo trabajador o trabajadora de plataformas digitales debe considerar:

- Una capacitación adecuada y oportuna, considerando los criterios de seguridad y salud definidos por la autoridad competente para la actividad que se realiza.
- Un casco de protección, rodilleras y coderas para quienes utilicen bicicleta o motocicleta. Elementos que deberán cumplir con las certificaciones y normativa vigente, conforme a la Ley de Tránsito. Al término de los servicios, el trabajador deberá devolver a la empresa de plataforma digital de servicios los elementos de protección personal proporcionados conforme sea acordado.
- Un seguro de daños que proteja los bienes personales que utiliza el o la trabajadora de plataformas digitales en la prestación del servicio, con una cobertura mínima anual de 50 unidades de fomento.
Importancia de Ley 16.744
Esta Ley establece que los/as trabajadores/as dependientes e independientes que coticen, tanto del sector privado como público, estarán protegidos por el Seguro contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Prestaciones de Ley 16.744
Preventivas
Asesorías a entidades empleadoras y trabajadores/as, a cargo de profesionales especialistas en prevención de riesgos.
Médicas
Atenciones médicas gratuitas hasta la curación total, o mientras subsistan los síntomas, de la enfermedad o accidente laboral.
Económicas
Montos en dinero que tienen por objeto reemplazar las rentas de la persona que sufrió un accidente laboral o enfermedad profesional.
Normativa vigente
A continuación, podrá encontrar todas las normativas que complementan la Ley N°21.431, para que las empresas y trabajadores/as de plataformas digitales de servicio puedan conocer.
Autoformación
El 1 de septiembre de 2022 entró en vigencia la Ley N° 21.431. Esta norma modifica el Código del Trabajo, incorporando un Capítulo X, denominado: “Del trabajo mediante plataformas digitales de servicios”. Además en el Libro I, el Título II, llamado “De los contratos especiales”, regula las relaciones laborales en este rubro. Dada la importancia de estos cambios es fundamental que los trabajadores y trabajadoras conozcan este nuevo marco normativo y los deberes que éste impone, para ello compartimos el siguiente material.
Plan común




Ciclos


Motos


Autos

