Regional
21 de Marzo de 2019
Si un estudiante ha sufrido accidente escolar, ¿qué solicitudes de prestaciones económicas se pueden hacer en el Instituto de Seguridad Laboral?
En caso que el estudiante haya sufrido un accidente a causa o con ocasión de sus estudios, o la realización de su práctica profesional, cuyo resultado sea una incapacidad igual o superior a un 15%, puede solicitar Pensión Escolar en el Instituto de Seguridad Laboral. Si la incapacidad es igual o mayor a un 15% e inferior a un 70%, la pensión escolar tendrá el carácter de temporal, y si la incapacidad es mayor o igual a un 70% la pensión tendrá carácter de vitalicia. En caso que el estudiante haya fallecido a causa de un accidente escolar, se puede solicitar la Cuota Mortuoria al Instituto de Seguridad Laboral. La cuota consiste en el pago de un monto que equivale a 3 ingresos mínimos, para fines no remuneracionales y que tiene por objeto reembolsar los gastos funerarios. Para mayores antecedentes puede remitirse al marco legal: Decreto Supremo Nº313 y Ley 16.744.