Reglamento para la Gestión de Riesgos Laborales en Chile
El Decreto Supremo 44 establece un marco actualizado y robusto para la prevención de riesgos laborales en Chile. Vigente desde el 1 de febrero de 2025, refuerza la gestión de la seguridad en los lugares de trabajo con un enfoque preventivo, participativo y de género.
Asistencia técnica y capacitación a cargo del Instituto de Seguridad Laboral.
¿Qué es el Decreto Supremo 44?
El Decreto Supremo 44, publicado el 27 de julio de 2024, es la normativa en Chile sobre la gestión preventiva de riesgos laborales. Este decreto reemplaza a los anteriores Decretos Supremos 40 y 54 de 1969, alineándose con importantes estándares internacionales para garantizar mejores condiciones de trabajo.
Gestión preventiva de riesgos
Regula la gestión preventiva de los riesgos laborales en Chile, estableciendo medidas obligatorias para garantizar entornos de trabajo seguros y saludables.
Publicación y vigencia
Publicado el 27 de julio de 2024 y vigente desde el 1 de febrero de 2025.
Reemplaza normativa anterior
Reemplaza a los Decretos Supremos 40 y 54, de 1969, alineándose con importantes estándares internacionales.
Principales cambios introducidos por el Decreto Supremo 44
Un entorno laboral seguro
Entrega directrices para garantizar el cumplimiento de la gestión preventiva en materias de seguridad y salud en el trabajo, promoviendo espacios de trabajo libres de riesgos laborales que puedan afectar la salud y seguridad de los trabajadores y trabajadoras.
- Prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales, mediante la eliminación o control de condiciones inseguras.
- Foco en empresas de menor tamaño, estableciendo directrices para mejorar su gestión preventiva.
- Amplía los instrumentos y herramientas que ayudarán a fortalecer la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
Prevención proactiva
Se prioriza una gestión anticipada de riesgos laborales mediante la implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), que incluye:
- Identificación de peligros y evaluación constante de riesgos en todas las áreas de la empresa.
- Creación de una matriz de riesgos para identificar factores críticos de la entidad empleadora.
- Incorporación de mapas de riesgos para localizar y visualizar los principales riesgos.
- Planes de acción correctiva y preventiva para mitigar riesgos de forma efectiva.
Enfoque de género
El decreto incorpora un enfoque inclusivo, reconociendo las desigualdades sociales, biológicas y económicas que pueden influir en la exposición a riesgos, promoviendo:
- Acciones que busquen prevenir situaciones de desigualdad de condiciones laborales por razones de género en materias de SST.
- Consideración especial para las y los trabajadores especialmente sensibles: mujeres embarazadas, en periodo de lactancia o con vulnerabilidad a determinados riesgos.
- Medidas adaptadas a las personas trabajadoras que garanticen seguridad y equidad, considerando características individuales.
Participación activa
El Decreto Supremo 44 fomenta la colaboración entre entidades empleadoras y las y los trabajadores para gestionar los riesgos laborales de manera efectiva:
- Trabajadoras y trabajadores: involucrados en instancias de diálogo social en materias de SST.
- Comités Paritarios de Higiene y Seguridad: garantizan la representación activa en la toma de decisiones preventivas.
- Organizaciones sindicales: consideradas según sus atribuciones en materias de prevención de riesgos laborales.
Capacitación continua
Promueve el aprendizaje constante y el diálogo en todos los niveles de la organización, para mantener una mejora continua en las condiciones laborales.
Beneficios claves para entidades empleadoras, trabajadores y trabajadoras
Fortalecimiento de la SST
Fortalecimiento de la Seguridad y Salud en el Trabajo de las entidades empleadoras.
Reducción de riesgos
Reducción de los riesgos que puedan dañar la vida y salud de las y los trabajadores.
Cumplimiento normativo
Cumplimiento normativo para evitar sanciones.
Ambiente más saludable
Ambiente laboral más saludable y productivo.
Participación activa
Participación activa en la prevención por parte de todas y todos los trabajadores.
¿Cómo se apoya en la implementación del DS N°44?
El Instituto de Seguridad Laboral juega un rol clave en la implementación del Decreto Supremo 44, proporcionando recursos y asistencia para garantizar entornos de trabajo seguros y saludables. Entre sus principales acciones destacan:
Beneficios preventivos
1. Asistencia técnica especializada
- Apoyo en la creación de la matriz de riesgos laborales y mapa de riesgos.
- Orientación para implementar sistemas de gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Herramientas para desarrollar programas de trabajo preventivo eficaces.
2. Capacitación continua
- Cursos para Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, delegados de seguridad y personal preventivo.
- Formación en la investigación de accidentes y la aplicación de medidas correctivas.
3. Registro y monitoreo
- Plataformas para registrar incidentes y dar seguimiento a medidas preventivas, asegurando el cumplimiento normativo.
4. Soporte para empresas pequeñas
- Procedimientos simplificados para la autoevaluación de riesgos y programas preventivos, especialmente diseñados para empresas con menos de 25 trabajadoras y trabajadores.
El ISL se compromete a fortalecer la cultura preventiva en todos los sectores laborales, facilitando el cumplimiento del Decreto Supremo 44 y protegiendo la salud de los trabajadores y trabajadoras.
¿Qué es el FUF Decreto Supremo 44?
Es una herramienta que contribuye a la transparencia en la fiscalización de la normativa de seguridad y salud en el trabajo, y tiene por objetivo facilitar la asistencia técnica y orientar sobre el correcto cumplimiento de las disposiciones vigentes.
Para el cumplimiento del Decreto Supremo 44/2024, el Instituto de Seguridad Laboral pone a su disposición el Formulario Único de Fiscalización (FUF DS N°44).
Descargar Formulario Único de Fiscalización (FUF)Preguntas frecuentes sobre el Decreto Supremo 44 y seguridad laboral
¿Qué es el Decreto Supremo 44?
Es la normativa que regula la gestión preventiva de riesgos laborales en Chile, estableciendo medidas obligatorias para garantizar entornos de trabajo seguros y saludables. Fue publicado el 27 de julio de 2024 y está vigente desde el 1 de febrero de 2025.
¿Cuál es el objetivo principal del Decreto Supremo 44?
El Decreto Supremo 44 busca reforzar la seguridad laboral a través de un enfoque preventivo, priorizando la identificación y control de riesgos desde su origen; participación activa, involucrando a las personas trabajadoras en las decisiones de seguridad y salud laboral; y enfoque de género, garantizando igualdad en las condiciones laborales y medidas inclusivas.
¿Cómo afecta el Decreto Supremo 44 a empresas y trabajadores?
Para las entidades empleadoras: deben implementar matrices de riesgos y planes de mejora continua, y designar roles clave en seguridad laboral, como delegados y comités paritarios. Para las y los trabajadores: deben participar activamente en las instancias participativas en prevención de riesgos —comités paritarios, delegados y encargados de higiene y seguridad— y acceder a capacitaciones para fortalecer su conocimiento en prevención de riesgos.
¿Qué roles específicos exige el Decreto Supremo 44?
Delegados de Prevención, obligatorios en empresas con 10 a 25 trabajadoras/es cuando no exista Comité Paritario; Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, requeridos en empresas con más de 25 trabajadoras/es; Encargados de Prevención, obligatorios en todas las empresas y capacitados según las normas de SUSESO; y Departamentos de Prevención, necesarios en empresas con más de 100 trabajadoras/es.
¿Qué cambios introduce el Decreto respecto a normativas anteriores?
A contar del 1 de febrero de 2025, este Decreto dejó sin efecto a los Decretos 40 y 54, integrando mejoras como un enfoque de mejora continua, mayor participación activa de las personas trabajadoras y alineación con los estándares internacionales de la OIT.
¿Qué rol cumple el Instituto de Seguridad Laboral en relación al Decreto Supremo 44?
Su rol principal es entregar asistencia técnica y capacitaciones a las entidades empleadoras y a las personas trabajadoras sobre la gestión de los riesgos en los lugares de trabajo, fomentando la cultura preventiva, el compromiso y la participación.
¿Cómo saber si mi empresa cumple con el Decreto Supremo 44?
Puede contactar al ISL para recibir asesoramiento personalizado, y acceder a herramientas como matrices de riesgos, guías técnicas y programas de capacitación diseñados para cumplir con la normativa.
El ISL apoya la implementación del Decreto Supremo 44 mediante:
- Asistencia técnica para elaborar matrices de riesgos y programas preventivos.
- Capacitaciones dirigidas a trabajadores y Comités Paritarios.
- Promoción de una cultura de prevención laboral a través de guías y programas educativos.
Webinars sobre el Decreto Supremo 44
Los nuevos desafíos de la gestión preventiva en las entidades empleadoras
Invitado especial: Pedro Contador Abraham, Jefe de Asesoría Legislativa y Seguridad Laboral, Subsecretaría de Previsión Social.
Recursos descargables Decreto Supremo 44
Encuentre aquí todo lo necesario para cumplir con la normativa vigente.
Volante Decreto Supremo 44
Resumen práctico de los principales cambios del Decreto.
Descargar volantePpt Decreto Supremo 44 ISL
Presentación oficial del ISL con el detalle completo del Decreto.
Descargar presentaciónTodos los documentos están alojados en el repositorio institucional del ISL (isl.gob.cl) y se abren en una nueva pestaña.
Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
Asistencia Técnica para la Implementación del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo SSPP 2026, disponible en dos etapas.
Etapa 1 · Política de Seguridad y Salud en el Trabajo
Desarrollo de la política institucional de SST, con evaluación inicial, seguimiento y verificación de cumplimiento. Incluye modelos de políticas institucionales y una guía de formalización técnica. Descargar guía de asistencia técnica
Etapa 2 · Planificación
Elaboración de la Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (MIPER), definición de objetivos preventivos y del programa de trabajo en prevención de riesgos laborales. Ver documentos de la Etapa 2
Registro de incidentes con potencial de daño
En el marco de la normativa vigente (art. 76, numeral 10), las entidades empleadoras deben contar con una plataforma habilitada por los Organismos Administradores para registrar los incidentes o sucesos peligrosos con potencial de daño (según lo señalado en el art. 73, numeral 1).
Este registro es clave para prevenir accidentes futuros y fortalecer la seguridad en los lugares de trabajo. Para completarlo, se debe incluir información como:
Invitamos a todas las entidades empleadoras a utilizar esta herramienta como una oportunidad de mejora continua y prevención. El registro oportuno de estas situaciones es fundamental para construir entornos laborales más seguros y saludables. Es por ello que, para facilitar este proceso, el Instituto de Seguridad Laboral pone a su disposición el siguiente formulario:
Sistema de registro de documentación preventiva
El ISL pone a disposición de las entidades empleadoras afiliadas un espacio para ordenar y mantener al día su documentación de gestión preventiva, de forma simple, accesible y con un lenguaje cercano.
Este Sistema de Registro está disponible en Mi ISL. Ingresando con Clave Única, cada entidad empleadora accede a su propio espacio para gestionar y actualizar su documentación preventiva cuando lo necesite.
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