

Revisa si cuentas con cobertura del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Desde julio de 2026, si cotizaste en la Operación Renta 2026, el ISL te cubre ante accidentes laborales, de trayecto y enfermedades profesionales — sin costo adicional.
Completa tu registroDesde 2019 rige la Ley 21.133, que incorpora a las personas que trabajan a honorarios a los sistemas de protección social. El pago de cotizaciones se realiza de forma anual a través de la Operación Renta del SII, sin necesidad de cotizar mensualmente.
En la Operación Renta de abril de 2026, quienes cotizaron sobre sus rentas de 2025 obtendrán cobertura del Seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027.
Quienes no estén registrados en una mutualidad privada quedan adheridos automáticamente al ISL, el organismo público administrador del seguro de la Ley 16.744.
La cobertura económica puede recibirla la o el trabajador, su viuda/o, hijos/as o ascendientes reconocidos como carga familiar.
Tendrás derecho a recibir asesorías preventivas que te permitirán realizar una autoevaluación para medir los riesgos que implica tu trabajo y capacitarte en prevención de riesgos laborales.
Atenciones de salud gratuitas para las y los trabajadores afectados por un accidente o enfermedad calificada como de origen laboral, hasta lograr la recuperación completa o mientras subsistan los síntomas de las secuelas.
En caso de un accidente o enfermedad calificada como de origen laboral, la o el trabajador afectado, la viuda o viudo, hijos o hijas y cualquier ascendiente reconocido como carga familiar recibirán los siguientes apoyos monetarios:
Si cotizaste en la Operación Renta de abril de 2026 (rentas de 2025), tu cobertura está vigente desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2027.
El SII determina los montos de cotización e informa a la Tesorería General de la República para la transferencia a las entidades previsionales correspondientes.
Una vez que el ISL califica el accidente como "del trabajo" o la enfermedad como "profesional", la cobertura se mantiene hasta la recuperación total. Sigue estos pasos según tu situación:
Solicita atención en un prestador médico en convenio con el ISL.
Envía o lleva el formulario de Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) a una de nuestras plataformas de atención.
Solicita atención en un prestador médico en convenio con el ISL.
Envía o lleva el formulario de Denuncia de Accidente del Trabajo (DIAT) a una de nuestras plataformas.
Adjunta documentos de respaldo: declaración de testigos, parte policial, croquis del accidente u otros.
Envía o lleva el formulario de Denuncia de Enfermedad Profesional (DIEP) a una de nuestras plataformas de atención.
El ISL te derivará a uno de nuestros Prestadores Médicos en Convenio para la evaluación correspondiente.
Puedes enviarlos a través de la Sucursal en Línea, llamar al 600 586 9090 o acudir a cualquiera de las 49 sucursales a nivel nacional. También puedes consultar la red de prestadores médicos.
Accede a asesorías en Seguridad y Salud en el Trabajo, de forma presencial y online, o mediante el portal de Autogestión Preventiva.
Apoyo Psicológico Preventivo (APS) gratuito para todas las personas adheridas al ISL. Solicítalo aquí.
Si no estás adherido como trabajador o trabajadora independiente en una mutualidad privada y en la Operación Renta 2026 el SII te hizo retención de cotizaciones, éstas deben ser derivadas a nuestro Instituto y quedarás automáticamente afiliado. Consulta aquí.
Si apareces inscrito, completa el registro y podrás acceder a un comprobante de afiliación. Si no es así, puedes enviar un correo a independientes@isl.gob.cl adjuntando el comprobante de retención de cotizaciones del SII.
El pago es anual y se realiza a través de la Operación Renta del SII, que retiene un porcentaje sobre las rentas del año anterior. No tienes que pagar mensualmente: el sistema lo gestiona de forma automática.
El Instituto de Seguridad Laboral (ISL) es el servicio público administrador de la Ley 16.744, dependiente de la Subsecretaría de Previsión Social. Si cotizaste a través de la Operación Renta del SII y no estás en una mutualidad privada, el ISL es tu organismo de seguridad laboral.
Solicita atención en un prestador médico en convenio con el ISL y presenta el formulario DIAT. El ISL otorga cobertura médica completa y prestaciones económicas según corresponda. Llama al 600 586 9090 o ingresa a la Sucursal en Línea.
Sí. El ISL ofrece asesorías preventivas presenciales y a través del Campus Virtual de Prevención, con cursos e-learning gratuitos para todas las personas adheridas.
El APS es un servicio de apoyo psicológico preventivo gratuito para todas las personas trabajadoras adheridas al ISL. Puedes solicitarlo en isl.gob.cl/apoyo-preventivo-psicologico.
Revisa si cuentas con cobertura del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
El registro es indispensable para acceder de forma oportuna a la atención y cobertura en caso de accidente o enfermedad profesional. Además, obtendrás un comprobante de incorporación al ISL como respaldo de tu cobertura.


La alternativa para digitalizar los trámites de la ciudadanía
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