¿Qué es y por qué me protege?
Desde 2019 rige la Ley 21.133, que incorpora a las personas que trabajan a honorarios a los sistemas de protección social. El pago de cotizaciones se realiza de forma anual a través de la Operación Renta del SII, sin necesidad de cotizar mensualmente.
Quienes no estén registrados en una mutualidad privada quedan adheridos automáticamente al ISL, el organismo público administrador del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Período de cobertura 2026–2027
En la Operación Renta de abril de 2026, quienes cotizaron sobre sus rentas de 2025 obtendrán cobertura del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027.
El SII determina los montos de cotización e informa a la Tesorería General de la República para la transferencia a las entidades previsionales correspondientes.
¿Qué cubre el seguro?
Cobertura médica
- Atención médica, quirúrgica y dental
- Hospitalizaciones
- Medicamentos
- Prótesis y aparatos ortopédicos
- Rehabilitación física
- Reeducación profesional
- Readecuación domiciliaria
- Gastos de traslado necesarios
Cobertura económica
- Subsidio por incapacidad laboral
- Indemnización por accidente o enfermedad laboral
- Pensión por invalidez laboral
- Pensión por sobrevivencia
La cobertura económica puede recibirla la o el trabajador, su viuda o viudo, hijas e hijos o ascendientes reconocidos como carga familiar.
¿A qué coberturas se puede acceder?
Se tiene derecho a recibir asesorías preventivas que permiten realizar una autoevaluación para medir los riesgos que implica el trabajo y capacitarse en prevención de riesgos laborales.
- Ingresar al portal de Autogestión Preventiva (se abre en una nueva pestaña) e identificar los riesgos críticos a los que hay exposición durante la realización del trabajo.
- Acceder al Campus Virtual de Prevención (se abre en una nueva pestaña), plataforma de capacitación e-learning en Prevención de Riesgos Laborales, gratuita y abierta a todas y todos los trabajadores del país, sin necesidad de estar adherido al ISL.
- Visitar isl.gob.cl y conocer todos los servicios disponibles.
Atenciones de salud gratuitas para las y los trabajadores afectados por un accidente o enfermedad calificada como de origen laboral, hasta lograr la recuperación completa o mientras subsistan los síntomas de las secuelas.
- Atención médica, quirúrgica y dental con profesionales idóneos en distintas áreas de la salud, incluyendo rehabilitación física y tratamientos psicológicos.
- Hospitalizaciones.
- Rehabilitación física y reeducación profesional.
- Prótesis, aparatos ortopédicos y otros elementos de apoyo a la rehabilitación.
- Medicamentos.
- Servicio de traslado de pacientes para las y los trabajadores que lo requieran tras sufrir un accidente o enfermedad laboral.
- El ISL mantiene convenio con más de 200 centros médicos en convenio a lo largo de todo el país.
En caso de un accidente o enfermedad calificada como de origen laboral, la o el trabajador afectado, la viuda o viudo, hijas e hijos y cualquier ascendiente reconocido como carga familiar recibirán los siguientes apoyos monetarios:
- Subsidio por incapacidad temporalReemplaza las remuneraciones o rentas de la o el trabajador durante los períodos en que no pueda realizar sus labores de forma transitoria.
- Indemnización por daños permanentesSe otorga por una sola vez a quien, producto de un accidente o enfermedad laboral, vea disminuidas sus capacidades para desarrollar sus labores.
- PensiónCompensación por la pérdida permanente de la capacidad laboral, entregada a la o el trabajador afectado o a sus familiares dependientes en caso de fallecimiento.
- Asignación familiarPermite a personas pensionadas de invalidez, viudez o madre de hijos del fallecido solicitar al ISL el reconocimiento de sus cargas familiares para el cobro de la asignación.
¿Qué hacer si sufro un accidente o enfermedad laboral?
Una vez que el ISL califica el accidente como "del trabajo" o la enfermedad como "profesional", la cobertura se mantiene hasta la recuperación total. Seguir estos pasos según la situación:
Accidente del trabajo
- Solicitar atención en un centro médico en convenio con el ISL.
- Enviar o llevar el formulario de Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) a una de nuestras plataformas de atención.
Accidente de trayecto
- Solicitar atención en un centro médico en convenio con el ISL.
- Enviar o llevar el formulario de Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) a una de nuestras plataformas.
- Adjuntar documentos de respaldo: declaración de testigos, parte policial, croquis del accidente u otros.
Enfermedad profesional
- Enviar o llevar el formulario de Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP) a una de nuestras plataformas de atención.
- El ISL derivará a la persona a uno de nuestros centros médicos en convenio para la evaluación correspondiente.
¿Dónde presentar los formularios?
Se pueden enviar a través de la Sucursal en Línea, llamar al 600 586 9090 o acudir a cualquiera de las 49 sucursales a nivel nacional. También se puede consultar la red de centros médicos en convenio.
Más beneficios con el ISL
Asesoría preventiva
Asesorías en seguridad y salud en el trabajo, de forma presencial y online, o mediante el portal de Autogestión Preventiva (se abre en una nueva pestaña).
Campus Virtual
Capacitaciones preventivas gratuitas en campusprevencionisl.cl (se abre en una nueva pestaña)
Apoyo psicológico
Apoyo Psicológico Preventivo (APS) gratuito para todas las personas adheridas al ISL. Solicitar aquí.
¿Qué pasa si no estoy en una mutualidad privada?
Si la persona no está adherida como trabajadora o trabajador independiente en una mutualidad privada y en la Operación Renta 2026 el SII le hizo retención de cotizaciones, estas deben ser derivadas a nuestro Instituto y queda automáticamente afiliada. Consultar aquí (se abre en una nueva pestaña).
Si aparece inscrita, debe completar el registro para acceder a un comprobante de afiliación. Si no es así, se puede enviar un correo a independientes@isl.gob.cl adjuntando el comprobante de retención de cotizaciones del SII.
Canales de atención ISL
Call Center
600 586 909049 sucursales
Ver sucursalesRedes sociales
@PrevencionISL (se abre en una nueva pestaña)Apoyo Psicológico ISL
Solicitar aquíCampus Virtual
campusprevencionisl.cl (se abre en una nueva pestaña)Preguntas frecuentes
¿Cómo funciona el pago de cotizaciones para las y los trabajadores a honorarios?
El pago es anual y se realiza a través de la Operación Renta del SII (se abre en una nueva pestaña), que retiene un porcentaje sobre las rentas del año anterior. No es necesario pagar mensualmente: el sistema lo gestiona de forma automática.
¿Qué es el ISL y por qué me corresponde?
El Instituto de Seguridad Laboral es el servicio público administrador del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, dependiente de la Subsecretaría de Previsión Social. Para quienes cotizaron a través de la Operación Renta del SII (se abre en una nueva pestaña) y no están en una mutualidad privada, el ISL es su organismo de seguridad laboral.
¿Qué ocurre si sufro un accidente laboral o de trayecto?
Solicitar atención en un centro médico en convenio con el ISL y presentar el formulario DIAT. El ISL otorga cobertura médica completa y coberturas económicas según corresponda. Llamar al 600 586 9090 o ingresar a la Sucursal en Línea.
¿Puedo acceder a capacitaciones preventivas?
Sí. El ISL ofrece asesorías preventivas presenciales y a través del Campus Virtual de Prevención (se abre en una nueva pestaña), con cursos e-learning gratuitos para todas las personas adheridas.
¿Qué es el Apoyo Psicológico del ISL (APS)?
El APS es un servicio de apoyo psicológico preventivo gratuito para todas y todos los trabajadores adheridos al ISL. Se puede solicitar en isl.gob.cl/apoyo-preventivo-psicologico.
Trabajadoras y trabajadores a honorarios
Revisar si se cuenta con cobertura del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Completar el registro
El registro es indispensable para acceder de forma oportuna a la atención y cobertura en caso de accidente o enfermedad profesional. Además, se obtiene un comprobante de incorporación al ISL como respaldo de la cobertura.

