Honorarios: cobertura del Seguro Laboral | ISL
Operación Renta 2026

Seguridad y salud laboral para las y los trabajadores a honorarios

Desde julio de 2026, quienes cotizaron en la Operación Renta 2026 cuentan con cobertura del ISL ante accidentes laborales, de trayecto y enfermedades profesionales, sin costo adicional.

Las y los trabajadores a honorarios que, en la Operación Renta 2026, registraron retención de cotizaciones que fueron derivadas al Instituto de Seguridad Laboral, cuentan con cobertura a partir del 1 de julio de 2026.

¿Qué es y por qué me protege?

Desde 2019 rige la Ley 21.133, que incorpora a las personas que trabajan a honorarios a los sistemas de protección social. El pago de cotizaciones se realiza de forma anual a través de la Operación Renta del SII, sin necesidad de cotizar mensualmente.

Quienes no estén registrados en una mutualidad privada quedan adheridos automáticamente al ISL, el organismo público administrador del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Período de cobertura 2026–2027

En la Operación Renta de abril de 2026, quienes cotizaron sobre sus rentas de 2025 obtendrán cobertura del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027.

El SII determina los montos de cotización e informa a la Tesorería General de la República para la transferencia a las entidades previsionales correspondientes.

¿Qué cubre el seguro?

Cobertura médica

  • Atención médica, quirúrgica y dental
  • Hospitalizaciones
  • Medicamentos
  • Prótesis y aparatos ortopédicos
  • Rehabilitación física
  • Reeducación profesional
  • Readecuación domiciliaria
  • Gastos de traslado necesarios

Cobertura económica

  • Subsidio por incapacidad laboral
  • Indemnización por accidente o enfermedad laboral
  • Pensión por invalidez laboral
  • Pensión por sobrevivencia

La cobertura económica puede recibirla la o el trabajador, su viuda o viudo, hijas e hijos o ascendientes reconocidos como carga familiar.

¿A qué coberturas se puede acceder?

Se tiene derecho a recibir asesorías preventivas que permiten realizar una autoevaluación para medir los riesgos que implica el trabajo y capacitarse en prevención de riesgos laborales.

¿Qué hacer si sufro un accidente o enfermedad laboral?

Una vez que el ISL califica el accidente como "del trabajo" o la enfermedad como "profesional", la cobertura se mantiene hasta la recuperación total. Seguir estos pasos según la situación:

Accidente del trabajo

  1. Solicitar atención en un centro médico en convenio con el ISL.
  2. Enviar o llevar el formulario de Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) a una de nuestras plataformas de atención.

Accidente de trayecto

  1. Solicitar atención en un centro médico en convenio con el ISL.
  2. Enviar o llevar el formulario de Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) a una de nuestras plataformas.
  3. Adjuntar documentos de respaldo: declaración de testigos, parte policial, croquis del accidente u otros.

Enfermedad profesional

  1. Enviar o llevar el formulario de Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP) a una de nuestras plataformas de atención.
  2. El ISL derivará a la persona a uno de nuestros centros médicos en convenio para la evaluación correspondiente.

¿Dónde presentar los formularios?

Se pueden enviar a través de la Sucursal en Línea, llamar al 600 586 9090 o acudir a cualquiera de las 49 sucursales a nivel nacional. También se puede consultar la red de centros médicos en convenio.

Más beneficios con el ISL

Asesoría preventiva

Asesorías en seguridad y salud en el trabajo, de forma presencial y online, o mediante el portal de Autogestión Preventiva (se abre en una nueva pestaña).

Campus Virtual

Capacitaciones preventivas gratuitas en campusprevencionisl.cl (se abre en una nueva pestaña)

Apoyo psicológico

Apoyo Psicológico Preventivo (APS) gratuito para todas las personas adheridas al ISL. Solicitar aquí.

¿Qué pasa si no estoy en una mutualidad privada?

Si la persona no está adherida como trabajadora o trabajador independiente en una mutualidad privada y en la Operación Renta 2026 el SII le hizo retención de cotizaciones, estas deben ser derivadas a nuestro Instituto y queda automáticamente afiliada. Consultar aquí (se abre en una nueva pestaña).

Si aparece inscrita, debe completar el registro para acceder a un comprobante de afiliación. Si no es así, se puede enviar un correo a independientes@isl.gob.cl adjuntando el comprobante de retención de cotizaciones del SII.

Canales de atención ISL

Call Center

600 586 9090

Sucursal en Línea

isl.gob.cl/mi-isl

Atención remota con ejecutiva o ejecutivo en tiempo real

49 sucursales

Ver sucursales

Apoyo Psicológico ISL

Solicitar aquí

Preguntas frecuentes

¿Cómo funciona el pago de cotizaciones para las y los trabajadores a honorarios?

El pago es anual y se realiza a través de la Operación Renta del SII (se abre en una nueva pestaña), que retiene un porcentaje sobre las rentas del año anterior. No es necesario pagar mensualmente: el sistema lo gestiona de forma automática.

¿Qué es el ISL y por qué me corresponde?

El Instituto de Seguridad Laboral es el servicio público administrador del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, dependiente de la Subsecretaría de Previsión Social. Para quienes cotizaron a través de la Operación Renta del SII (se abre en una nueva pestaña) y no están en una mutualidad privada, el ISL es su organismo de seguridad laboral.

¿Qué ocurre si sufro un accidente laboral o de trayecto?

Solicitar atención en un centro médico en convenio con el ISL y presentar el formulario DIAT. El ISL otorga cobertura médica completa y coberturas económicas según corresponda. Llamar al 600 586 9090 o ingresar a la Sucursal en Línea.

¿Puedo acceder a capacitaciones preventivas?

Sí. El ISL ofrece asesorías preventivas presenciales y a través del Campus Virtual de Prevención (se abre en una nueva pestaña), con cursos e-learning gratuitos para todas las personas adheridas.

¿Qué es el Apoyo Psicológico del ISL (APS)?

El APS es un servicio de apoyo psicológico preventivo gratuito para todas y todos los trabajadores adheridos al ISL. Se puede solicitar en isl.gob.cl/apoyo-preventivo-psicologico.

Trabajadoras y trabajadores a honorarios

Revisar si se cuenta con cobertura del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Consultar la cobertura aquí (se abre en una nueva pestaña)

Completar el registro

El registro es indispensable para acceder de forma oportuna a la atención y cobertura en caso de accidente o enfermedad profesional. Además, se obtiene un comprobante de incorporación al ISL como respaldo de la cobertura.

Completar el registro aquí (se abre en una nueva pestaña)

Instituto de Seguridad Laboral - 2025 | Teatinos 726, Santiago - Teléfono 600 586 9090