Alta laboral y alta médica: diferencias | ISL
Ley 16.744

¿Cuál es la diferencia entre alta laboral y alta médica?

El alta laboral indica cuándo se puede volver a trabajar; el alta médica, el término del tratamiento. No siempre ocurren al mismo tiempo.

Alta laboral y alta médica

Después de un accidente del trabajo, un accidente de trayecto o una enfermedad profesional, es común confundir el alta laboral con el alta médica. La diferencia es simple: el alta laboral indica cuándo se puede volver a trabajar, mientras que el alta médica indica el término del tratamiento de salud. No siempre ocurren al mismo tiempo.

¿Qué es el alta laboral?

El alta laboral significa que la persona está en condiciones de volver a trabajar y que termina su reposo o licencia médica, en caso de que se le haya otorgado. Esto no implica necesariamente que el tratamiento haya terminado: se puede volver a trabajar y seguir asistiendo a controles, exámenes o rehabilitación. La entidad empleadora debe facilitar la asistencia a estas atenciones.

El regreso al trabajo puede darse de dos formas:

  • Funciones habituales:se retoman las tareas de siempre, sin limitaciones.
  • Con restricciones:hay tareas que no se deben realizar por un tiempo. La entidad empleadora debe adaptar el trabajo según las indicaciones del certificado de alta laboral.

¿Qué pasa con la licencia médica al recibir el alta laboral?

El alta laboral indica que la o el médico tratante, al no emitir una nueva licencia médica, considera que la persona se encuentra en condiciones de reincorporarse a sus funciones. Esto significa que:

  • Ha terminado el reposo médico.
  • Termina el pago de la licencia médica (subsidio por incapacidad laboral).
  • Se debe volver al trabajo al día siguiente del último día de la licencia.

¿Qué es el alta médica?

El alta médica significa que tanto el ISL como la o el médico tratante consideran que el tratamiento del accidente o enfermedad profesional, otorgado gracias a la cobertura del Seguro de Accidentes del Trabajo, terminó o que se alcanzó la máxima recuperación posible. El alta médica también puede otorgarse cuando se detecta que los síntomas actuales corresponden a un diagnóstico común y no a un diagnóstico laboral. Desde ese momento, ya no se requieren más controles o cuidados médicos por dicho diagnóstico. En el caso de que los síntomas correspondan a un diagnóstico común, su tratamiento debe continuar a través de su Isapre o Fonasa, dependiendo de a cuál esté afiliado o afiliada.

¿Qué pasa si quedan secuelas?

Una secuela es una condición de salud que permanece después de un accidente o enfermedad. La diagnostica el médico tratante del centro de salud en convenio y la confirma el ISL. En la mayoría de los casos, se identifica después de terminar el tratamiento curativo.

  • Después del alta médica, el ISL envía los antecedentes a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), que evalúa si existe una disminución permanente de la capacidad de trabajar. La persona no necesita solicitarlo, pero también puede pedir esta evaluación al ISL, en línea o en una sucursal. Conozca cómo solicitarla
  • Según el grado de incapacidad que determine la COMPIN, se puede solicitar al ISL una indemnización (pago único) o una pensión de invalidez (pago mensual).
  • El Seguro de Accidentes del Trabajo sigue cubriendo las atenciones médicas que se requieran por esas secuelas.

¿Qué hacer si aún hay molestias o no se siente en condiciones de trabajar?

Sentir molestias no siempre significa que el tratamiento deba continuar. El camino depende del tipo de alta recibida:

  1. Si se tiene alta laboral, pero el tratamiento continúa: en los controles se puede informar al médico tratante que aún hay molestias o que no se está en condiciones de trabajar, para que evalúe los ajustes que correspondan en el tratamiento.
  2. Si se tiene alta médica y aparece una complicación o vuelven los síntomas: se puede presentar una solicitud de reingreso para pedir al ISL una nueva atención médica. Se puede realizar en línea o de forma presencial en una sucursal del ISL o en ChileAtiende.
    Conozca cómo solicitarlo
  3. Si no se está de acuerdo con la respuesta del ISL: se puede presentar un reclamo ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
    Conozca más sobre este proceso (se abre en una nueva pestaña)

¿Cómo se informa el alta laboral y el alta médica?

Ambas pueden ser informadas por la o el médico tratante del centro médico en convenio o por el ISL, por correo electrónico o correo certificado, el cual será enviado a su domicilio. En el caso de que el alta laboral cuente con restricciones, estas quedarán registradas en el certificado correspondiente.

¿El alta laboral y el alta médica se dan al mismo tiempo?

Pueden darse el mismo día o en fechas distintas. Por ejemplo, se puede recibir el alta laboral y volver a trabajar, pero mantener controles o terapias pendientes antes de recibir el alta médica.

En resumen

Alta laboralSignifica que la persona está en condiciones de volver a trabajar y que termina su reposo o licencia médica, en caso de que se le haya otorgado. Esto no implica necesariamente que el tratamiento haya terminado: se puede volver a trabajar y seguir asistiendo a controles, exámenes o rehabilitación.
Alta médicaSignifica que el tratamiento del diagnóstico laboral cubierto por el seguro terminó o se alcanzó la máxima recuperación posible. Si los síntomas corresponden a un diagnóstico común, su tratamiento debe continuar a través de su Isapre o Fonasa, dependiendo de a cuál esté afiliado o afiliada.
¿Ocurren en la misma fecha?Pueden ocurrir el mismo día o en fechas distintas.
¿Se pierden derechos?No. Se mantiene la cobertura de las secuelas, el derecho a la evaluación de incapacidad y la posibilidad de solicitar reingreso o reclamar.

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