La Guía Metodológica para la Incorporación de la Perspectiva de Género en Seguridad y Salud en el Trabajo del Instituto de Seguridad Laboral es una herramienta institucional orientada a aterrizar, de manera práctica y progresiva, la incorporación del enfoque de género en la gestión cotidiana del Seguro de la Ley 16.744.

Este documento surge a partir del diagnóstico institucional desarrollado en 2024 en el marco del PMG de Género, que permitió identificar registros, prácticas y áreas prioritarias donde era necesario traducir el enfoque conceptual en orientaciones operativas aplicables a la cobertura preventiva, médica y económica, la atención usuaria, los sistemas de información, los estudios y la formación de competencias.

Su propósito es orientar al funcionariado del ISL, a prestadores en convenio y a equipos colaboradores, entregando criterios claros, recomendaciones y lineamientos que faciliten decisiones más pertinentes, inclusivas y equitativas en todas las etapas del seguro, reconociendo que mujeres, hombres y diversidades sexogenéricas no enfrentan los mismos riesgos ni acceden de igual manera a la información, la prevención y los derechos que otorga la cobertura.

La guía tiene un carácter orientador y no impositivo: no reemplaza normativas ni genera nuevas obligaciones, sino que complementa los instrumentos institucionales existentes, promoviendo una implementación gradual que facilite la sensibilización y la aplicación concreta del enfoque en la práctica diaria.

Su implementación se vincula directamente con el fortalecimiento de las capacidades internas del Instituto, promoviendo la inducción y formación continua del funcionariado, la coherencia entre los estándares exigidos a centros médicos y los aplicados internamente, y el uso de metodologías interdisciplinarias y análisis interseccionales que permitan comprender cómo el género influye en la exposición a riesgos y en el desarrollo de enfermedades ocupacionales.

La guía enfatiza que incorporar la perspectiva de género no añade carga administrativa, sino que amplía la mirada institucional para detectar desigualdades, prevenir discriminaciones y mejorar la calidad del servicio entregado a una población trabajadora diversa. Su valor, por tanto, depende de su uso cotidiano, de la retroalimentación de los equipos y de su actualización permanente frente a nuevos aprendizajes y cambios normativos.

Revisa aquí la Guía

Preguntas frecuentes

1. ¿Cómo se relaciona la perspectiva de género con la Seguridad y Salud en el Trabajo?

Tiene relación con la forma en que las condiciones y organización del trabajo, las tareas, los roles sociales y los riesgos asociados, pueden afectar de manera diferenciada a mujeres, hombres y diversidades sexogenéricas.

Por ejemplo, ciertos riesgos pueden quedar invisibilizados si se asume que todas las personas trabajan en las mismas condiciones o se exponen de la misma forma a estos.

No. Si bien permite visibilizar desigualdades que históricamente han afectado a las mujeres, la perspectiva de género también permite comprender cómo ciertos roles, estereotipos y expectativas sociales pueden afectar también a hombres y a personas de las diversidades sexogenéricas.

En ese sentido, incorporar esta perspectiva no busca beneficiar solo a un grupo, sino reconocer distintas experiencias, necesidades y barreras que pueden incidir en la seguridad, salud y acceso a la cobertura de la población trabajadora.

Significa observar que los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales no se presentan de manera homogénea en toda la población trabajadora.

Las tareas que realizan las personas, los sectores en que se desempeñan, la organización del trabajo y los roles de género, pueden influir en sus formas de exposición y en los daños a la salud que pueden experimentar.

Mirar esta información con perspectiva de género permite identificar patrones, necesidades preventivas y posibles situaciones que podrían quedar invisibilizadas desde una mirada general o “neutral”.

Pueden quedar menos visibles algunos riesgos que afectan especialmente a mujeres o que se asocian a sectores y tareas feminizadas, como el cuidado, la limpieza o la atención de público. En estos ámbitos, suelen subestimarse riesgos psicosociales, situaciones de acoso, doble presencia, movimientos repetitivos y condiciones vinculadas a ciclos vitales como menstruación, embarazo, lactancia o climaterio.

También pueden quedar invisibilizadas prácticas que afectan a los hombres, como la normalización de la exposición al riesgo, el no reporte de incidentes, la dificultad para pedir apoyo, el uso inadecuado de Elementos de Protección Personal o la falta de medidas para resguardar su salud reproductiva, especialmente cuando estas conductas se asocian a ciertas expectativas de masculinidad, como “ser fuerte”, “demostrar valentía y hombría”.

En el caso de las personas de las diversidades sexogenéricas, pueden quedar invisibilizadas barreras vinculadas al trato, el reconocimiento de la identidad de género, la existencia de espacios seguros y no discriminatorios, o situaciones de acoso y violencia que pueden afectar su experiencia en el trabajo.

Porque tratar a todas las personas exactamente igual no siempre permite responder adecuadamente a sus distintas realidades, necesidades o barreras.

En SST, las personas pueden estar expuestas a riesgos de manera diferente según sus condiciones de empleo, sector productivo, responsabilidades de cuidado, características biológicas, identidad de género, edad, situación migratoria u otros factores.

La perspectiva de género permite reconocer esas diferencias para fortalecer respuestas más pertinentes y efectivas.

La Guía puede utilizarse como una herramienta de consulta para revisar y orientar materiales, registros, procesos de atención, capacitaciones, estudios y/o acciones preventivas.

También puede ayudar a identificar si se están considerando las distintas realidades de la población trabajadora, si existen barreras de acceso a los derechos que otorga el seguro, o si hay riesgos y necesidades de seguridad y salud laboral que podrían estar quedando fuera de las consideraciones habituales.

Si. En efecto, aun cuando no tenga un carácter directamente vinculante ni obligatorio para solicitar determinadas prestaciones, el incorporar variables de sexo, identidad de género y otras relevantes (edad, nacionalidad, estado civil, etc.), son útiles para analizar y monitorear diferencias en el acceso y otorgamiento de pagos y subsidios, lo que permite ampliar la mirada respecto a la forma en que conceden este derecho.

Es esperable que la incorporación de nuevas perspectivas genere dudas, distintas opiniones e incluso resistencias. La Guía no constituye un mandato que debe aplicar el funcionariado, sino una herramienta técnica que otorga recomendaciones para mejorar la pertinencia y equidad de gestión del ISL.

Como institución pública, el ISL debe responder a una población trabajadora diversa y avanzar en el cumplimiento de los compromisos del Estado en materia de igualdad, no discriminación y Seguridad y Salud en el Trabajo.