Cobertura del Seguro para las y los trabajadores independientes que cotizan voluntariamente
Si trabaja por cuenta propia, emite boletas o tiene una empresa, puede acceder a la cotización voluntaria ISL para personas independientes y así contar con protección ante accidentes del trabajo, trayecto o enfermedades profesionales.
Para obtener esta cobertura, debe registrarse como trabajador o trabajadora independiente voluntaria y mantener el pago de sus cotizaciones al día.
¿En qué consiste este registro?
Al registrarse como trabajador o trabajadora independiente voluntaria en el ISL, se incorpora formalmente al Seguro Social de la Ley 16.744. Esto permite acceder a beneficios como atención médica en caso de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, subsidios por incapacidad laboral y asesorías en prevención.
¿Qué obligaciones tiene una vez realizada el registro?
- Una vez inscrita, la persona debe pagar sus cotizaciones mensualmente, hasta el último día hábil del mes siguiente.
- El pago debe realizarse preferentemente en línea, a través de Previred.cl.
- Excepcionalmente, si no es posible utilizar este canal, el pago puede efectuarse utilizando una planilla de cotizaciones manual del Instituto de Previsión Social (IPS), disponible en ChileAtiende. En este caso, debe indicar que corresponde a un convenio con el IPS.
- El monto a pagar se calcula en base a los ingresos por los que ya cotiza en salud y pensión. Este valor no puede ser inferior al ingreso mínimo mensual ni superior al tope imponible vigente.
- Si necesita modificar algún dato después de la inscripción, cuenta con un plazo de 7 días corridos para hacerlo, en línea o en oficinas del ISL.
Requisitos para acceder a la cobertura del seguro
Para activar la cobertura del ISL y acceder a los beneficios —como atención médica, subsidios económicos y asesorías en prevención— se deben cumplir estas condiciones:
Estar inscrita o inscrito en el ISL como persona independiente antes del accidente o diagnóstico.
Estar al día en las cotizaciones de accidente, salud y previsión, cumpliendo al menos una de las siguientes condiciones:
Haber pagado la cotización correspondiente al mes anteprecedente al evento
Haber realizado al menos 6 pagos de cotizaciones (continuos o no) durante los últimos 12 meses, como persona independiente o dependiente.
Están excluidas de la obligación de cotizar para pensión las personas pensionadas por vejez o invalidez total, los hombres de 65 años o más y las mujeres de 60 años o más.
Si se trata de una primera afiliación:
Durante los primeros 3 meses, la cobertura aplica si se paga la cotización correspondiente al mes en que ocurrió el accidente o diagnóstico.
¿Cómo registrarse?
Puede hacerlo de forma rápida y segura con tu Clave Única del Estado.