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Cobertura del Seguro​ para las y los trabajadores independientes que cotizan voluntariamente

Si trabaja por cuenta propia, emite boletas o tiene una empresa, puede acceder a la cotización voluntaria ISL para personas independientes y así contar con protección ante accidentes del trabajo, trayecto o enfermedades profesionales.

Para obtener esta cobertura, debe registrarse como trabajador o trabajadora independiente voluntaria y mantener el pago de sus cotizaciones al día.

¿En qué consiste este registro?

Al registrarse como trabajador o trabajadora independiente voluntaria en el ISL, se incorpora formalmente al Seguro Social de la Ley 16.744. Esto permite acceder a beneficios como atención médica en caso de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, subsidios por incapacidad laboral y asesorías en prevención.

¿Qué obligaciones tiene una vez realizada el registro?

  • Una vez inscrita, la persona debe pagar sus cotizaciones mensualmente, hasta el último día hábil del mes siguiente.
  • El pago debe realizarse preferentemente en línea, a través de Previred.cl.
  • Excepcionalmente, si no es posible utilizar este canal, el pago puede efectuarse utilizando una planilla de cotizaciones manual del Instituto de Previsión Social (IPS), disponible en ChileAtiende. En este caso, debe indicar que corresponde a un convenio con el IPS.
  • El monto a pagar se calcula en base a los ingresos por los que ya cotiza en salud y pensión. Este valor no puede ser inferior al ingreso mínimo mensual ni superior al tope imponible vigente.
  • Si necesita modificar algún dato después de la inscripción, cuenta con un plazo de 7 días corridos para hacerlo, en línea o en oficinas del ISL.
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Requisitos para acceder a la cobertura del seguro​

Para activar la cobertura del ISL y acceder a los beneficios —como atención médica, subsidios económicos y asesorías en prevención— se deben cumplir estas condiciones:

  1. Estar inscrita o inscrito en el ISL como persona independiente antes del accidente o diagnóstico.

  2. Estar al día en las cotizaciones de accidente, salud y previsión, cumpliendo al menos una de las siguientes condiciones:

    • Haber pagado la cotización correspondiente al mes anteprecedente  al evento

    • Haber realizado al menos 6 pagos de cotizaciones (continuos o no) durante los últimos 12 meses, como persona independiente o dependiente.

Están excluidas de la obligación de cotizar para pensión las personas pensionadas por vejez o invalidez total, los hombres de 65 años o más y las mujeres de 60 años o más.

Si se trata de una primera afiliación:
Durante los primeros 3 meses, la cobertura aplica si se paga la cotización correspondiente al mes en que ocurrió el accidente o diagnóstico.

¿Cómo registrarse?

Puede hacerlo de forma rápida y segura con tu Clave Única del Estado.