La Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP) debe ser presentada ante el Instituto de Seguridad Laboral inmediatamente luego de ser conocida la sospecha de una enfermedad profesional, idealmente dentro de las 24 horas siguientes.
Una vez recepcionada la denuncia, el ISL realiza el análisis inicial de los antecedentes y gestiona la derivación del trabajador o trabajadora al centro médico en convenio que corresponda, de acuerdo con la especialidad requerida para la evaluación de la patología denunciada. Esta derivación es efectuada por el ISL, considerando la red de centros médicos en convenio y el tipo de evaluación que debe realizarse para iniciar el proceso de calificación del origen de la enfermedad.
En caso de que la denuncia no sea presentada por la entidad empleadora, esta podrá ser efectuada por el propio trabajador, trabajadora o por cualquiera de las personas facultadas por la Ley 16.744.