El registro como trabajador independiente es el requisito para luego poder cotizar y poder acceder a las prestaciones del seguro
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En el caso que usted sea trabajador a honorarios y sus cotizaciones fueron retenidas en la Operación Renta, el registro se hace en el mes de julio con la información que entrega el SII a través de la Tesorería General de la República y tiene cobertura de las prestaciones a partir del 1 de julio del año de la operación renta donde tuvo retención, hasta el 30 de junio del próximo año.