Si la empresa tuviera faenas, sucursales o agencias distintas, en el mismo o en diferentes lugares, con una dotación superior a los 25 trabajadores, debe organizarse un Comité Paritario de Higiene y Seguridad en cada una de ellas. Asimismo, podrá constituirse un Comité Paritario Permanente de toda la empresa que supervigilará el funcionamiento de los comités paritarios organizados en cada sucursal o faena.