El empleador con un trabajador(a) accidentado debe averiguar/saber lo siguiente: Averiguar/saber a qué centro asistencial de salud puede ingresar a su trabajador(a) accidentado (para precisar esto, el empleador puede contactar al Instituto de Seguridad Laboral presencialmente o por medio del sitio web ww.isl.gob.cl para ver datos de los prestadores médicos en convenio). En caso de un accidente de trabajo o de trayecto de carácter grave, el empleador(a) debe saber que debe ingresar a su trabajador al prestador médico más cercano de dónde ocurrió el siniestro, sea éste un centro público, un centro privado en convenio o privado no en convenio, y que debe llamar a la Dirección del Trabajo o a la Seremi de Salud (el teléfono para avisar de accidentes graves y fatales es el 6004200022). Averiguar/saber cómo hacer la denuncia del accidente, qué documentos presentar y dónde hacerlo. Debe formalizar la denuncia, a más tardar inmediatamente al día hábil siguiente de que se tuvo conocimiento del accidente. El empleador debe averiguar/saber a qué prestaciones su trabajador(a) tiene derecho por la cobertura del seguro Ley 16.744 y acerca de los trámites que le corresponde hacer con la COMPIN como resultado del accidente. El empleador debe informar a sus trabajadores de sus derechos y de los centros médicos en convenio a los que pueden acceder en caso de accidente de trabajo y de trayecto.