El Instituto de Seguridad Laboral recibe las licencias médicas autorizadas por la COMPIN por accidentes de trabajo (Tipo 5), de trayecto (Tipo 5) y enfermedades profesionales (Tipo 6) de los Trabajadores Independientes (registrados) y de los trabajadores dependientes que la Ley 16.744 asimila a trabajadores que pertenecerían a ex cajas de previsión según sistema previsional antiguo.
Para el caso de los trabajadores que la Ley 16.744 asimila al sistema previsional antiguo, esto es al ex Servicio de Seguro Social, es el Servicio de Salud por medio de la COMPIN quien gestiona y paga el monto del Subsidio de Incapacidad Laboral.