Para formalizar una denuncia por enfermedad profesional, la entidad empleadora debe presentar la Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP) ante el Instituto de Seguridad Laboral, dentro de las 24 horas siguientes de haber tomado conocimiento de la presunta enfermedad. Si la entidad empleadora no realiza la denuncia, esta podrá ser presentada por el propio trabajador o trabajadora o por cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos.
Junto con la DIEP, deberán acompañarse los antecedentes que permitan iniciar el análisis del caso, tales como:
- Formulario de Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), debidamente completado.
- Contrato de trabajo actualizado, cuando corresponda.
- Certificados médicos, exámenes u otros antecedentes clínicos disponibles relacionados con la enfermedad denunciada.
- Cualquier otro antecedente que el ISL requiera para el análisis de cobertura y la posterior evaluación de la enfermedad.
Una vez recepcionada la denuncia, el ISL realiza el análisis inicial de los antecedentes y, si corresponde, crea el siniestro y deriva al trabajador o trabajadora al centro médico en convenio que cuente con la especialidad requerida para efectuar la evaluación de la patología denunciada e iniciar el proceso de calificación del origen de la enfermedad.