La evaluación del grado de incapacidad es realizada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) que corresponda según el domicilio de la entidad empleadora.
El ISL se encarga de recopilar los antecedentes médicos y administrativos necesarios y remitirlos a la COMPIN para que este organismo realice la evaluación y determine el grado de incapacidad, de acuerdo con la normativa vigente.