Estará obligado a denunciar el accidente escolar el jefe del establecimiento educacional respectivo tan pronto como tenga conocimiento de su ocurrencia. Si el establecimiento no hace la denuncia dentro de las 24 horas siguientes al accidente (Art. 11, DS 313) la denuncia puede ser hecha por el médico que tuvo conocimiento del accidente escolar, y por el propio accidentado o quién lo represente.
El accidente escolar deberá ser denunciado al Servicio de Salud en un formulario denominado Declaración Individual de Accidente Escolar (D.I.A.E) disponible en el Instituto de Seguridad Laboral (Formulario N° 0374-3). El formulario se puede solicitar en el Instituto o bien descargar desde www.isl.gob.cl.