Si el ISL califica un evento como común mediante una RECA, no pagará las licencias futuras y derivará el caso a su previsión de salud común (Fonasa o ISAPRE). Sin embargo, en virtud del Artículo 77 bis de la Ley 16.744, si el ISL ya autorizó y pagó subsidios o atenciones previas, cobrará directamente a Fonasa o a su ISAPRE el reembolso de esos montos, por lo que usted no deberá devolver dinero de su bolsillo. Para apelar la calificación, usted dispone de un plazo de 90 días hábiles. El trámite se realiza ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) a través de su sitio web, ingresando con ClaveÚnica. Para esto, debe presentar la RECA, una carta explicativa y todos los antecedentes médicos que demuestren el origen laboral de su afección.