En la última década, el auge de las plataformas digitales ha transformado profundamente el mundo del trabajo, creando nuevas formas de empleo, muchas de las cuales escapan de los marcos laborales convencionales. Ante esto, existen desafíos urgentes, especialmente a lo que respecta a la protección social y la seguridad laboral de quienes se desempeñan en estas plataformas.
Es por ello que, como Instituto de Seguridad Laboral (ISL), en nuestro compromiso por transversalizar el conocimiento en torno a la Seguridad y Salud en el Trabajo, es que difundimos toda la información necesaria sobre la cobertura del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, enfatizando en el Trabajo Decente como un derecho fundamental.
¿En qué consiste la Ley 21.431?
Esta norma regula las relaciones entre los trabajadores y trabajadoras de plataformas digitales, dependientes e independientes, y las empresas de plataformas digitales de servicios prestados en Chile, y establece los siguientes conceptos:
Es aquella organización que, a título oneroso, administra o gestiona un sistema informático o de tecnología ejecutable en aplicaciones de dispositivos móviles o fijos que permite que un trabajador o una trabajadora de plataformas digitales ejecute servicios, para los usuarios de dicho sistema informático o tecnológico, en un territorio geográfico específico, tales como el retiro, distribución o reparto de bienes o mercaderías, el transporte menor de pasajeros, u otros.
Aquella persona que ejecuta servicios personales, sea a cuenta propia o ajena, solicitados por usuarios de una aplicación administrada o gestionada por una empresa de plataforma digital de servicios. Estos son considerados como dependiente o independiente, según lo establecido en el artículo 7° del Código del Trabajo.
Persona que ejecuta servicios de carácter personal, realizando labores por cuenta ajena. Estos servicios son requeridos por usuarios a través de una aplicación tecnológica que es administrada o gestionada por una empresa de plataforma digital de servicios.
Persona que, en el ejercicio de su actividad, no depende de una entidad empleadora y no cuenta con trabajadores o trabajadoras bajo su dependencia.
¿Qué es y cómo protege el Seguro de la Ley 16.744?
Los trabajadores y trabajadoras a honorarios que realizaron su Operación Renta cuentan con la cobertura del seguro de la Ley 16.744 que protege ante accidentes del trabajo, trayecto y enfermedades profesionales. Esto gracias a la retención realizada por el Servicio de Impuestos Internos (SII) para el pago de cotizaciones obligatorias, que les permiten acceder al sistema de protección social, desde el 1 de julio del año en que realizó su declaración de impuestos, hasta el 30 de junio del año siguiente; según lo establece la Ley 21.133. De igual manera, si no cumple con las condiciones mencionadas anteriormente, puede cotizar de manera voluntaria como trabajador o trabajadora independiente a través de la plataforma Previred.
El Seguro de la Ley 16.744 es administrado por distintos organismos, donde el único de carácter público es el Instituto de Seguridad Laboral, perteneciente al Ministerio de Trabajo y Previsión Social. El cual otorga a los empleadores, trabajadores y trabajadoras adheridos, Seguridad y Salud Laboral promoviendo ambientes laborales seguros y saludables, con enfoque de género transversal e inclusión.
El Seguro otorga cobertura en casos de:

Accidente del trabajo
Es toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que resulte en incapacidad parcial o total, o la muerte.

Accidente de trayecto
Son aquellos que ocurren en el camino directo, de ida o regreso, entre el trabajo y el lugar donde se habita o pernocta, o entre dos lugares de trabajo, incluso si pertenecen a distintas entidades empleadoras.

Enfermedad profesional
Es aquella que es causada, de manera directa, por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realiza una persona y que produzca incapacidad parcial o total, o la muerte.
Entregando coberturas:
Preventivas
Asesoría técnica en Seguridad y Salud en el Trabajo, capacitaciones presenciales y virtuales en prevención de riesgos laborales y evaluación de puestos de trabajo:
- Portal de Autoatención Preventiva: Podrá identificar los riesgos críticos de su trabajo.
- Campus Prevención: Tendrá disponible una variada gama de cursos preventivos gratuitos, virtuales y asincrónicos.
Médicas
Atención de salud sin costo hasta la completa recuperación o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente del trabajo o enfermedad profesional.
Atención médica, quirúrgica y dental.
Hospitalizaciones.
Medicamentos.
Reeducación laboral.
Adecuación domiciliaria.
Entre otros.
Económicas
En los casos según corresponda, la o el trabajador, viudo o viuda, hijos o hijas, o cualquier ascendiente reconocido como carga familiar, recibirán la cobertura económica asociada:
Pensión por invalidez.
Pensión por sobrevivencia.
Subsidio de incapacidad laboral.
Entre otros.
¿Cuáles son los riesgos a los que está expuesto un trabajador o una trabajadora de plataformas digitales?
Las y los trabajadores de Plataformas Digitales de Servicios que se movilizan en motocicleta, bicicleta o scooter están más expuestos a riesgos que quienes lo hacen en automóvil, ya que a los riesgos propios del tránsito se suman factores ambientales y ergonómicos.
Los principales factores de riesgo son:
- Ruido
- Agentes químicos
- Altas temperaturas
- Rayos UV
- Humos y polvos
- Sobrecarga por visión fija y concentración permanente
- Posturas forzadas e incómodas
- Extensas jornadas
- Alto ritmo de trabajo
- Carga mental moderada
- Baja capacidad de influir en la tarea
Estos pueden generar:
- Dolores de espalda
- Dolor muscular en tren superior e inferior del cuerpo
- Dolor de Cabeza
- Tensión e irritabilidad
- Cansancio constante
- Dificultad para dormir
- Ansiedad
¿Cómo prevenir el riesgo de accidente?
Para prevenir la ocurrencia de accidentes y proteger la salud y seguridad de todas y todos los trabajadores de plataformas digitales de servicios, es fundamental adoptar medidas de autocuidado y buenas prácticas durante la jornada laboral. La prevención no solo reduce riesgos, sino que también contribuye a un trabajo más seguro, saludable y sostenible en el tiempo.
Por ello, recomendamos a las y los trabajadores de este sector considerar lo siguiente:
Conducción a la Defensiva: Adoptar una conducción proactiva que permita anticipar riesgos, respetar las normas de tránsito y mantener atención constante al entorno, al estado de la vía y del vehículo.
Mantenimiento preventivo del vehículo: Realizar revisiones periódicas para asegurar el buen funcionamiento de frenos, neumáticos, luces y demás sistemas mecánicos.
Cumplir con los límites de velocidad: Respetar las normas de tránsito y adaptar la velocidad a las condiciones de la vía.
Mantener la distancia de seguridad con el vehículo que antecede: Permite reaccionar oportunamente ante imprevistos y reducir riesgos de colisión.
Uso adecuado de las luces: Garantiza visibilidad y comunicación con otros conductores, especialmente en condiciones de baja luminosidad.
Anticipación y atención al entorno: Identificar posibles riesgos en la vía, considerando peatones, ciclistas, señalización y condiciones del tránsito.
Evitar distracciones: No utilizar dispositivos móviles ni realizar actividades que aparten la atención de la conducción.
Descansar adecuadamente: Conducir en condiciones óptimas, evitando la fatiga que disminuye reflejos y concentración.
Adaptarse a condiciones climáticas adversas: Ajustar la conducción frente a lluvia, niebla, nieve o vientos fuertes, reduciendo velocidad y extremando precauciones.
¿Qué tipos de Elementos de Protección Personal recomendamos utilizar?
Casco, prendas reflectantes, frenos, luces, entre otros. Al desplazarse por ciclovías o calles procure mantenerse visible utilizando, obligatoriamente, el chaleco reflectante durante las noches o en horas de poca visibilidad.
Casco, protección ocular (lentes o que sea parte del casco), guantes, calzado cerrado, ropa que cubra totalmente el cuerpo. Adicionalmente y aunque no es obligatorio se sugiere utilizar airbag de chaleco, chaquetas, elementos reflectantes y protección corporal.
Uso obligatorio del cinturón de seguridad, el cuál debe estar en óptimas condiciones; además de uso de chaleco reflectante para el descenso del vehículo en zonas de circulación vial.