Descripción
Permite la devolución de cotizaciones pagadas en exceso o por error al Instituto de Seguridad Laboral por una entidad empleadora o trabajador independiente voluntario. El trámite se puede realizar durante todo el año en oficinas del ISL y en oficinas de ChileAtiende.
Detalles
Entre las causales frecuentes por las que suceden este tipo de devolución se encuentran:
Causas asociadas a cotización en exceso
- Se pagó al Instituto de Seguridad Laboral cuando el empleador permanece afiliado a una mutualidad (otro organismo administrador)
- Se pagó por un trabajador o trabajadora que no tiene o perdió esa calidad de trabajador o trabajadora dependiente del empleador, o bien se le suspendió la relación laboral
- Se pagó dos veces para un mismo período por un trabajador (es)
- Un socio dueño de empresa se incorporó a la planilla de cotizaciones sin estar registrado como trabajador independiente en el Instituto de Seguridad Laboral
Causas asociadas a cotización errónea
- Se pagó al Instituto de Seguridad Laboral cuando el empleador permanece afiliado a una mutualidad (otro organismo administrador).
- Se pagó por un trabajador o trabajadora que no tiene, o perdió esa calidad de trabajador o trabajadora dependiente del empleador, o bien se le suspendió la relación laboral.
- Se pagó dos veces para un mismo periodo por un trabajador(es).
Importante
El tope de años a considerar en el cálculo de cotizaciones a devolver en exceso es de cinco años contados hacia atrás desde la fecha en que fue presentada la solicitud de devolución.
¿A quién está dirigido?
- Empleador o empleadora, o entidad empleadora.
¿Cuáles son los documentos requeridos?
Al momento de completar el formulario se solicitarán los siguientes documentos según corresponda la causal de la devolución.
Si la causa de la solicitud es una diferencia de tasa adicional diferenciada:
- Resolución de Seremi de Salud por proceso de decreto supremo (DS) N°67.
- Resolución de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) con pronunciamiento vigente que identifica la tasa correcta
Si la causa de la solicitud es un pago en un período con licencia médica de un trabajador de la entidad empleadora
- Copia del certificado con las licencias médicas remitidas al trabajador o trabajadora y su estado. Si las licencias son de origen laboral y corresponde al ISL, el registro de la información se encuentra en poder del Instituto.
- Si la causa de la solicitud es que la entidad empleadora permanece afiliada a una mutualidad (otro organismo administrador) Certificado de afiliación emitido por la mutualidad respecto del período con inconsistencia.
Si la causa de la solicitud es un trabajador que no tiene relación laboral con el empleador
- Copia de planilla del mes de remuneración con inconsistencia
- Copia de finiquito firmado ante notario y/o Inspección del Trabajo; o la copia de renuncia voluntaria, la copia de solicitud y resolución que concedió un permiso sin goce de sueldo o bien la copia del contrato de trabajo si es a plazo fijo.
- Copia de notificación a AFC de suspensión de relación laboral o acuerdo reducción temporal jornada de trabajo, por acogerse a Ley de protección del empleo.
Importante
- A partir de enero de 2016, incluir al socio/a o dueño/a de la empresa en la planilla de cotizaciones es causal para solicitar devolución de pagos en exceso, ya que antes se consideraba como la manifestación inequívoca de estar protegido. Si no lo ha hecho, debe regularizar su registro como trabajador independiente
- Cuando la entidad empleadora se encuentra adherida a una mutualidad y erróneamente cotizó en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) debe solicitar a dicha mutualidad que solicite la devolución de las cotizaciones mal enteradas, lo cual se hace entre organismos administradores
- El empleador debe obtener el formulario denominado FUCC Enero 2024 y “Devolución de pagos en exceso o erróneos. Empleador” y tener la respectiva copia, firmada y timbrada por el Instituto de Seguridad Laboral; en caso de situaciones excepcionales como Pandemia, se debe contar con correo electrónico que acuse recibe del formulario.
- El trabajador independiente voluntario debe obtener el formulario denominado FUCC Enero 2024 y “Devolución de pagos en exceso o erróneos. Trabajador independiente voluntario” y tener la respectiva copia, firmada y timbrada por el Instituto de Seguridad Laboral; en caso de situaciones excepcionales como Pandemia, se debe contar con correo electrónico que acuse recibe del formulario.
- Desde que ingresa el formulario, el solicitante tiene 14 días hábiles para presentar los antecedentes requeridos
- El empleador solicitante recibirá una resolución que responde a lo que solicita dentro de 20 días hábiles contados desde la presentación de la solicitud