Prestaciones económicas

Permite a pensionados de invalidez, viudez o madre de hijos del fallecido, solicitar al ISL el reconocimiento de sus cargas familiares para el cobro de asignación familiar.

Solicitud de asignación familiar de ISL

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Descripción

Permite a pensionados y pensionadas de invalidez, viudez o madre de filiación no matrimonial, de la ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, solicitar al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) el reconocimiento de sus cargas familiares, para el cobro de asignación familiar.

El trámite se puede realizar durante todo el año a través del sitio web y en oficinas de Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
Detalles

El monto mensual de la asignación familiar depende del ingreso del pensionado o la pensionada.

Los valores vigentes, a contar de julio de 2025, son:

Rango de ingreso (en pesos) Monto de la Asignación Familiar
Hasta $620.251 $22.007
Entre $620.252 y $905.941 $13.505
Entre $905.942 y $1.412.957 $4.267
Desde $1.412.958 $0

Si es beneficiario de asignación familiar, ésta será pagada en su pensión mensual. Si corresponde pagar retroactivos se emitirá un pago independiente

Importante:

  • Las cargas no pueden ser beneficiarias de Subsidio Familiar (SUF), Pensión Básica Solidaria (PBS) ni Subsidio de Incapacidad Mental (SDM). La carga tampoco puede tener rentas superiores al 50% del Ingreso Mínimo Mensual más de tres meses año calendario.
  • El tope a considerar para el reconocimiento de cargas es de 60 meses retroactivos
  • Podrán ser reconocidos como carga familiar quienes reciban una pensión de orfandad.
  • Se debe informar, si con la misma carga familiar, se está realizando una renovación de prórroga de pensión de supervivencia.
  • En caso de dejar de cumplir alguno de los requisitos para acceder a asignación familiar o de requerirse por otros fines, se deberá tramitar la extinción de carga, indicando la causal.
  • Las cargas mayores de 18 años pueden solicitar el pago directo, pero esto debe quedar claramente indicado en la solicitud.
  • Todos los años, en el mes de julio, los pensionados y pensionadas deben enviar una declaración jurada de rentas, ya que el pago de asignación familiar se determina de acuerdo al promedio de sus rentas de enero a junio de cada año.
¿A quién está dirigido?
  • A los pensionados y pensionadas de invalidez, viudez o madre de hijos o hijas de filiación no matrimonial, de la ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
  • La cónyuge.
  • El cónyuge inválido.
  • Los hijos o hijas, hijos o hijas del otro conviviente civil y adoptados hasta los 18 años.
  • Hijos o hijas mayores de edad hasta los 24 años, hijos o hijas del otro conviviente civil o hijos adoptados, siempre que se encuentren solteros o solteras (podrá acreditarlo mediante el formulario anexo N° 1), no perciban rentas y sigan cursos regulares en la enseñanza media, normal, técnica, especializada o superior en instituciones reconocidas por el Estado.
  • Los nietos o nietas y bisnietos o bisnietas, huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos, en las mismas condiciones que en el punto anterior.
  • Hijos o hijas, o hijastros o hijastras, inválidos de cualquier edad.
  • Los ascendientes que no perciban ingresos ni pensiones.
¿Cuáles son los documentos requeridos?

Dependiendo del tipo de carga familiar, se debe presentar, además:

  • Para los hijos o hijas mayores de 18 años, certificado de alumno regular.
  • Para los hijos o hijas (incluyendo adoptados o hijastros) o cónyuges inválidos, certificado o resolución de invalidez de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
  • Para nietos o nietas y bisnietos o bisnietas, informe social, que acredite el abandono del menor por parte de los padres y que vive a expensas de sus abuelos o resolución u oficio del tribunal de familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial.
  • Para los ascendientes (padre, madre, abuela, abuelo, bisabuelo), informe social que acredite que vive a expensas del pensionado.

Importante:

Si la solicitud de reconocimiento de carga para asignación familiar está asociada a una renovación de prórroga de supervivencia, deberá además completar el formulario “trámites de beneficios Ley N°16.744 – Ley N° 19.345” en oficinas de ISL.

Trámite vía online

Solicitud de incorporación:

Solicitud de extinción:

Prórroga asignación familiar:

¿Cómo y dónde hago el trámite?

En Línea

  • Haga clic en “ir al trámite en línea”.
  • Revise detalles y requisitos del trámite.
  • Descargue los archivos de ser necesario.
  • Haga clic en “Realiza tu trámite aquí”.
  • Llene el formulario, adjunte documentos y presione enviar.

En Sucursal

  • Reúna los antecedentes requeridos.
  • Diríjase a una oficina del Instituto de Seguridad Laboral.
  • Explique el motivo de su visita: Solicitar beneficio económico, Asignación Familiar de ISL.
  • Entregue los antecedentes requeridos.
  • Como resultado del trámite habrá solicitado un beneficio económico de Asignación Familiar de ISL. Obtendrá una respuesta en un plazo de 20 días contando desde la presentación total de los documentos requeridos.