Accidente del trabajo o de trayecto | ISL

Accidente del trabajo o de trayecto

Las y los trabajadores adheridos al Instituto de Seguridad Laboral tienen derecho a atenciones médicas y pagos del seguro de la Ley 16.744 en caso de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Conoce los pasos según la gravedad, los plazos de denuncia y los formularios necesarios.

Trabajadora o trabajador sujetando su rodilla lesionada tras un accidente, junto a un casco de seguridad y una escalera

El Seguro contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley 16.744 entrega cobertura preventiva, médica y económica a las y los trabajadores dependientes e independientes adheridos al Instituto de Seguridad Laboral.

Documentación para formalizar la denuncia

La entidad empleadora debe entregar la siguiente documentación en el Instituto de Seguridad Laboral para formalizar la denuncia de un accidente.

Documentos generales

Formulario Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT). Descargar formulario DIAT ↗
Fotocopia del contrato de trabajo actualizado, en el caso de la trabajadora o el trabajador dependiente que no sea funcionaria o funcionario público, ni trabajador o trabajadora independiente.
Solo en caso de que exista, además se debe entregar el Certificado de Atención de Urgencia del lugar donde la trabajadora o el trabajador recibió la primera atención por el accidente.

Adicional para accidente de trayecto

Declaración de víctima de accidente de trayecto.
Registro de asistencia del día del accidente.
Croquis o mapa que grafique el lugar del accidente.
Declaración de testigos o parte policial, cuando existan.

¿Qué hacer ante un accidente?

Los pasos a seguir dependen de la gravedad del accidente. Selecciona una categoría para ver el detalle.

1Informar a la jefatura directa o supervisión

Las y los trabajadores utilizan los canales de comunicación de la entidad empleadora para dar a conocer el accidente y que se proceda con la denuncia.

2Solicitar atención en un centro de salud en convenio con el ISL

Entre los centros de salud en convenio hay establecimientos de la red pública y privada.

3El centro de salud confirma la adherencia y entrega atención médica

El centro contacta al ISL entregando nombre completo y RUT de la entidad empleadora o de la trabajadora o del trabajador. Confirmada la adherencia, entrega la atención médica con cargo al seguro Ley 16.744.

4Formalizar la denuncia (DIAT) en el ISL

La entidad empleadora tiene hasta 24 horas desde que tomó conocimiento del accidente para emitir y entregar la DIAT al Instituto de Seguridad Laboral.

5El centro de salud recibe la orden de atención médica

Al quedar registrada la denuncia, el ISL emite una orden de primera atención (OPA) al centro de salud en convenio para facilitar la facturación de los gastos con cargo al seguro Ley 16.744.

⚠ Condiciones que califican como accidente grave

Accidente que reúne al menos una de las condiciones operacionales definidas por la autoridad. Revisa siempre las instrucciones actualizadas de la SUSESO.


1Suspender de inmediato las faenas afectadas

La entidad empleadora suspende las faenas y, de ser necesario, permite a las y los trabajadores evacuar el lugar de trabajo.

2Las y los trabajadores reciben atención médica

En el centro de salud más cercano al lugar del accidente y/o en convenio con el Instituto de Seguridad Laboral.

3Notificar de inmediato el accidente grave

Contactar al Número Único de Notificación de Accidentes Graves y Fatales (600 420 0022), a la Secretaría Regional Ministerial de Salud y a la Inspección del Trabajo que corresponda al domicilio del accidente. Si no se logra contactar por ese medio, notificar por correo electrónico o personalmente.

4Entregar Formulario de Notificación Inmediata de Accidente Fatal y Grave

Completar y entregar el formulario a la SEREMI de Salud y a la Inspección del Trabajo. Descargar formulario ↗

5Formalizar la denuncia (DIAT) en el ISL

Hasta 24 horas desde que se tomó conocimiento del accidente, indicando que corresponde a un accidente del trabajo grave.

⚠ La trabajadora o el trabajador fallece en forma inmediata o como consecuencia directa del accidente

Revisa siempre las instrucciones actualizadas de la SUSESO.


1Suspender de inmediato las faenas afectadas

Aplica independientemente de que la muerte haya ocurrido dentro de las 24 horas siguientes al accidente, en la faena o en cualquier otro lugar. Se evacua a todas las trabajadoras y todos los trabajadores; solo ingresa personal autorizado y no se mueve el cuerpo, salvo disposición del Servicio Médico Legal.

2Dar aviso a Carabineros

Informar de inmediato a Carabineros de Chile al teléfono 133.

3Notificar de inmediato el accidente fatal

Contactar al Número Único de Notificación de Accidentes Graves y Fatales (600 420 0022), a la SEREMI de Salud y a la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio del accidente.

4Entregar Formulario de Notificación Inmediata de Accidente Fatal y Grave

A la SEREMI de Salud y a la Inspección del Trabajo. Descargar formulario ↗

5Formalizar la denuncia (DIAT) en el ISL

Hasta 24 horas desde que se tomó conocimiento del accidente, indicando que corresponde a un accidente del trabajo grave o fatal.

Pasos a seguir ante un accidente ocurrido en el trayecto directo entre la habitación y el trabajo, o entre dos lugares de trabajo.

1Informar a la jefatura directa o supervisión

Utilizar los canales de comunicación de la entidad empleadora para dar a conocer el accidente y proceder con la denuncia.

2Solicitar atención en un centro de salud en convenio

Entre los centros de salud en convenio con el ISL hay establecimientos de la red pública y privada.

3El centro de salud confirma la adherencia y otorga atención médica

El centro contacta al ISL, entrega nombre completo y RUT de la entidad empleadora o de la trabajadora o del trabajador, y otorga la atención médica con cargo al seguro Ley 16.744.

4Formalizar la denuncia (DIAT) en el ISL

La entidad empleadora tiene hasta 24 horas desde que tomó conocimiento del accidente de trayecto para emitir y entregar la DIAT. Junto a ella se debe acompañar:

  • Declaración de víctima de accidente de trayecto
  • Registro de asistencia del día del accidente
  • Croquis o mapa del lugar del accidente
  • Declaraciones de testigos y/o parte policial, si existen

Los antecedentes complementarios pueden presentarse dentro de 5 días hábiles desde la fecha de su requerimiento.

5El centro de salud recibe la orden de atención médica

Al quedar registrada la denuncia, el ISL emite una orden de primera atención (OPA) para facilitar la facturación con cargo al seguro Ley 16.744.

¿Qué ocurre después de presentar la denuncia?

El Instituto de Seguridad Laboral revisa los antecedentes clínicos, laborales y técnicos disponibles para determinar si el caso corresponde a un accidente del trabajo, un accidente de trayecto o una enfermedad profesional.

Durante esta evaluación pueden surgir nuevos antecedentes que hagan necesario cambiar el tipo de estudio. Por ejemplo, una denuncia presentada como accidente del trabajo puede continuar su evaluación como una posible enfermedad profesional, o viceversa.

Este cambio no significa que ya se haya determinado el origen laboral o común del caso. Su finalidad es continuar el estudio mediante el procedimiento que corresponda.

¿Qué implica un cambio en el tipo de estudio?

  • No es necesario presentar una nueva denuncia. La evaluación continúa utilizando los antecedentes disponibles.
  • Las y los trabajadores y sus respectivas entidades empleadoras serán informados del cambio cuando corresponda.
  • Podrán realizarse evaluaciones médicas, exámenes, estudios del puesto de trabajo u otras diligencias técnicas, según el caso.
  • Si es necesario cambiar de prestador médico, se informará oportunamente a las y los trabajadores y se coordinarán las atenciones necesarias.

Una vez finalizado el proceso de calificación, el ISL comunicará y notificará a cada trabajadora o trabajador el resultado de su caso.

Canales de atención

Realiza tus consultas y trámites relacionados a través de los siguientes canales del Instituto de Seguridad Laboral.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es un accidente del trabajo?

Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte, según la Ley 16.744.

¿Qué plazo tiene la entidad empleadora para denunciar un accidente?

La denuncia debe realizarse en un plazo máximo de 24 horas desde conocido el hecho. La denuncia hecha fuera de plazo por la entidad empleadora no priva a la trabajadora o al trabajador de los beneficios de la Ley 16.744.

¿Qué se debe hacer ante un accidente grave o fatal?

La entidad empleadora debe suspender de inmediato las faenas afectadas, permitir la evacuación si corresponde, y notificar de inmediato al Número Único de Notificación de Accidentes Graves y Fatales (600 420 0022), a la SEREMI de Salud y a la Inspección del Trabajo que corresponda.

¿Qué documentos se requieren para formalizar la denuncia de un accidente de trayecto?

Formulario DIAT, declaración de víctima de accidente de trayecto, registro de asistencia del día del accidente y croquis o mapa del lugar del accidente, además de declaraciones de testigos o parte policial si existen. Los antecedentes complementarios pueden presentarse dentro de 5 días hábiles desde la fecha de su requerimiento.

¿Dónde puedo atenderme si sufro un accidente del trabajo o de trayecto?

En cualquier centro de salud en convenio con el Instituto de Seguridad Laboral, tanto de la red pública como privada. El centro confirma la adherencia y entrega la atención médica con cargo al seguro de la Ley 16.744.

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