Salud Laboral
El Instituto de Seguridad Laboral gestiona servicios médicos que permiten la recuperación rápida de las y los trabajadores adheridos al Instituto, con menor impacto en su salud y en su calidad de vida.
¿Dónde puedo atenderme?
Beneficios médicos
Los Beneficios Médicos son todas aquellas atenciones de salud que producto de un accidente del trabajo, accidente de trayecto o enfermedad profesional, recibe la o el trabajador sin costo alguno, hasta lograr su recuperación completa, o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas.
Si se califica de origen común el accidente o enfermedad, entonces la cobertura médica recibida la cubre su sistema previsional de salud FONASA o ISAPRE.
Los beneficios médicos son los siguientes
- Atención médica, quirúrgica y dental
- Hospitalizaciones
- Medicamentos
- Prótesis y aparatos ortopédicos
- Rehabilitación física y reeducación profesional
- Gastos de traslado y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estos beneficios (*)
(*) Los gastos de traslado y otros necesarios serán procedentes solo en caso que la persona afectada se encuentre impedida de valerse por sí misma, o deba efectuarlos por prescripción del médico tratante.
El Instituto de Seguridad Laboral cuenta con una amplia red de Centros de Atención Médica a nivel nacional.
Ver centros de salud en convenioTener en cuenta
Los centros médicos en convenio no pueden condicionar la atención médica a la suscripción de un pagaré, ni a la entrega de un cheque en blanco en garantía, ni al abono de una cantidad de dinero en efectivo.
Formulario previo a la atención
Solicitar información en una sucursal del Instituto o bien en el centro médico en convenio sobre el formulario acá disponible.
Proceso de estudio y calificación de una posible enfermedad de origen laboral
Todo lo que se debe saber y hacer luego de presentada la Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP).
Ver el proceso de Calificación de Enfermedad ProfesionalPreguntas frecuentes
¿Qué son los beneficios médicos?
Son todas aquellas atenciones de salud que producto de un accidente del trabajo, accidente de trayecto o enfermedad profesional, recibe la o el trabajador sin costo alguno, hasta lograr su recuperación completa, o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas.
¿Los beneficios médicos tienen costo para la o el trabajador?
No. Las atenciones de salud se reciben sin costo alguno, hasta lograr la recuperación completa, o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas.
¿Qué beneficios médicos se entregan?
Atención médica, quirúrgica y dental; hospitalizaciones; medicamentos; prótesis y aparatos ortopédicos; rehabilitación física y reeducación profesional; y gastos de traslado y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estos beneficios. Ver el detalle de los beneficios.
¿Cuándo se cubren los gastos de traslado?
Los gastos de traslado y otros necesarios serán procedentes solo en caso que la persona afectada se encuentre impedida de valerse por sí misma, o deba efectuarlos por prescripción del médico tratante.
¿Qué pasa si el accidente o la enfermedad se califica de origen común?
La cobertura médica recibida la cubre su sistema previsional de salud, FONASA o ISAPRE.
¿Un centro médico puede pedir un pagaré, un cheque o dinero en garantía para atender?
No. Los centros médicos en convenio no pueden condicionar la atención médica a la suscripción de un pagaré, ni a la entrega de un cheque en blanco en garantía, ni al abono de una cantidad de dinero en efectivo.
¿Dónde se puede recibir atención?
El Instituto de Seguridad Laboral cuenta con una amplia red de Centros de Atención Médica a nivel nacional. Revisar los centros de salud en convenio.