Salud Laboral

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El Instituto de Seguridad Laboral gestiona servicios médicos que permiten la recuperación rápida los trabajadores (as) adheridos al Instituto, con menor impacto en su salud y en su calidad de vida.

Los Beneficios Médicos son todas aquellas atenciones de salud que producto de un accidente del trabajo, accidente de trayecto, o enfermedad profesional, recibe el trabajador (a) sin costo alguno, hasta lograr su recuperación completa, o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas.

Si se califica de origen común el accidente o enfermedad, entonces las prestaciones médicas recibidas las cubre su sistema previsional de salud FONASA o ISAPRE.

Pida información en una sucursal del Instituto o bien en el prestador médico en convenio sobre el formulario acá disponible.

Los beneficios médicos son los siguientes:

(*) Los gastos de traslado y otros necesarios, serán procedentes sólo en caso que la víctima se encuentre impedida de valerse por sí misma, o deba efectuarlos por prescripción del médico tratante.

El Instituto de Seguridad Laboral, cuenta con una amplia red de Centros de Atención Médica a nivel nacional.

TENER EN CUENTA

PROCESO DE ESTUDIO Y CALIFICACIÓN DE UNA POSIBLE ENFERMEDAD DE ORIGEN LABORAL

Todo lo que debes saber y hacer luego de presentada su Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP).

TRÁMITES

Solicitud de evaluación, revisión y reevaluación de incapacidad laboral

Este trámite permite a trabajadores y trabajadoras adheridos al ISL con una Resolución de Incapacidad Permanente (REIP) solicitar evaluación, revisión o reevaluación de su estado de salud, resueltas mediante una Propuesta de Pérdida de Capacidad de Ganancia (PCG) ante la COMPIN. No tiene costo y puede gestionarse directamente o a través de un tercero con poder notarial.

Certificado de Aclaración de deuda para Boletín Laboral (BOLAB)

Este trámite permite a las entidades empleadoras que aparecen en el Boletín Laboral de la Dirección del Trabajo por deudas de cotizaciones de la Ley 16.744, obtener un documento que acredita su regularización. No tiene costo, puede ser solicitado por el empleador, representante legal o un tercero con poder notarial, y el boletín se actualiza cada 2 meses.

Solicitud de Reeducación Laboral

Este beneficio permite a las trabajadoras y trabajadores que han sufrido un accidente laboral o una enfermedad profesional con una Incapacidad Permanente (REIP) igual o superior al 15%, ser reeducados para un nuevo oficio o profesión. El propósito es que adquieran nuevas herramientas y habilidades, y el beneficio incluye la financiación de la matrícula y aranceles.

Otros Beneficios