Preguntas frecuentes

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Después de la evaluación médica, el ISL informa el origen del accidente mediante la Resolución de Calificación de Origen de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (RECA). La resolución se notifica a la persona y a su entidad empleadora, por carta certificada al domicilio indicado en la denuncia.

Si la persona lo autorizó, la RECA también puede enviarse por correo electrónico. Por eso, es importante indicar en la denuncia un correo electrónico que se use habitualmente y revisarlo con frecuencia.

Se determina mediante el análisis que realizan profesionales de salud del ISL con formación en salud ocupacional, quienes revisan la denuncia y los antecedentes del caso según los criterios de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). El objetivo es establecer si el accidente ocurrió en el trayecto directo entre el lugar donde vive o se aloja la persona y su lugar de trabajo, o entre dos lugares de trabajo. El resultado se informa mediante una resolución de calificación (RECA).

Para respaldar la denuncia, se pueden presentar los siguientes antecedentes:

  • Contrato de trabajo (no aplica a las y los funcionarias públicas ni independientes). Si no se tiene, se puede presentar una declaración simple que describa la relación laboral con la entidad empleadora.
  • Dato de Atención de Urgencia (DAU) o evaluación médica, si ya se recibió atención.
  • Formulario de declaración de la persona accidentada en el trayecto, que entrega el ISL.
  • Croquis del trayecto, según las indicaciones del ISL.
  • Registro de asistencia del mes del accidente.
  • Declaración de testigos, si existen.
  • Parte de Carabineros, si existe.
  • Otros medios de prueba pertinentes.

Sí. El ISL puede contactar a la persona o a su entidad empleadora para solicitar antecedentes adicionales y analizar el origen del accidente.

Quien reciba la solicitud, ya sea la persona o la entidad empleadora, tiene un plazo de cinco días hábiles para presentar los documentos. Después de ese plazo, el ISL continúa con la calificación con la información disponible.

Profesionales de salud del ISL con formación en salud ocupacional analizan la denuncia y los antecedentes del caso, según los criterios de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). El objetivo es establecer si existe relación entre lo ocurrido, las lesiones y el trabajo. El resultado se informa mediante una resolución de calificación (RECA).

Para respaldar la denuncia y demostrar esa relación, se pueden presentar los siguientes antecedentes:

  • Contrato de trabajo (no aplica a personas funcionarias públicas ni independientes). Si no se tiene, se puede presentar una declaración simple que describa la relación laboral con la entidad empleadora.
  • Dato de Atención de Urgencia (DAU) o evaluación médica, si ya se recibió atención.
  • Registro de asistencia del mes del accidente.
  • Declaración de testigos, si existen.
  • Parte de Carabineros, si existe.
  • Otros medios de prueba pertinentes.

Sí. El Seguro Social contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales contempla la cobertura de los gastos de traslado asociados a la atención de salud, como consultas médicas, controles y procesos de rehabilitación, siempre que exista una necesidad relacionada con la condición de salud de la persona trabajadora.

Esta necesidad deberá estar debidamente acreditada por el profesional de salud tratante.